Jaime GUERRERO
OAXACA, (#página3.mx).- Para obligar al Estado hacer efectivo el derecho a la alimentación de las y los oaxaqueños, la LXII Legislatura local analiza una adición al artículo 12 de Constitución local y así reglamentarlo en la legislación estatal.
Al exponer los motivos, la diputada del PRI Martha Alicia Escamilla León explicó que la propuesta implica la atención directa a necesidades básicas, como alimentos o recursos que puedan utilizarse para la alimentación, como es el caso de las ayudas alimentarias directas a través de los diferentes programas sociales.
También debe atenderse al mejoramiento de los métodos de producción, conservación y distribución de alimentos mediante la plena utilización de los conocimientos técnicos y científicos.
Es importante reconocer, señaló, que ese derecho debe garantizarse en circunstancias normales o en emergencias.
Es decir, cuando las condiciones de supervivencia se ven temporalmente perturbadas, por ejemplo, como resultado de graves sequías o inundaciones, conflictos armados o el colapso de actividades económicas en regiones determinadas.
Esos derechos, abundó, hoy se encuentran contenidos en abundante legislación de la que México es parte, y también se encuentra ya establecido en la Constitución federal.
Por ello, es necesario armonizar la legislación al escenario nacional e internacional, y dejar a Oaxaca a la zaga en la protección constitucional a los derechos de los conciudadanos.
Escamilla León, refirió que la reforma va encaminada a favorecer a grupos vulnerables como los niños, niñas, adolescentes, ancianos, mujeres, comunidades indígenas y grupos minoritarios.
Es fundamental, dijo, que el reconocimiento se haga a nivel constitucional, pues si bien es cierto, en la actualidad ese derecho ya se establece en dos párrafos del artículo 12 constitucional, lo establece como algo relacionado con la calidad de un sujeto en condición de vulnerabilidad como los menores y las personas de la tercera edad.
Sin embargo, dijo que el reconocimiento y la consecuente obligación para el estado sobre dicho derecho debe ir más allá, en el texto constitucional local.