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Culpan diputados a tormenta tropical Beatriz de «desacato» y juez deja sin efecto legal la multa que les impuso

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OAXACA, Oax. (pagina3.mx).- El Juzgado Séptimo de Distrito de Salina Cruz ordenó dejar sin efecto legal alguno la multa que les impuso a cada uno de integrantes del congreso del estado de Oaxaca al justificar que su desacato se debió “a las condiciones que generó la Tormenta Tropical Beatriz”

La 63 Legislatura del Estado precisó que “cumplió en tiempo y forma con el amparo 426/2016” y que “el retraso en la entrega de correspondencia al Juzgado se debió a las condiciones que generó la Tormenta Tropical “Beatriz” que interrumpió las comunicaciones en parte de la entidad”.

Por consiguiente, aclaró que “esta Soberanía no es ni omisa ni incompetente, por lo que es falso, que el Juzgado acordara un proceso de inhabilitación ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)”.

Sin embargo, el presidente de la Diputación Permanente, Manuel León Sánchez, en Sesión Ordinaria, manifestó que derivado de dicho juicio de amparo se dio origen a una multa a los legisladores, misma que el día de hoy mediante oficio número 1298 el juez de Distrito número 7, ordenó dejar sin efecto legal.

Efectivamente, el juez Séptimo de Distrito de Salina Cruz, Nelsón Loranca Ventura, multó a los 42 diputados del Congreso del estado de Oaxaca por desacato al Poder Judicial de la Federación porque no cumplieron el juicio de amparo 426/2016 promovido por Rafael García Zavaleta e impuso a cada uno de los diputados propietarios una multa equivalente a la cantidad de 200 días de salario mínimo vigente en la ciudad de México que asciende a 16 mil 008 pesos.

El priista aclaró que “el Honorable Congreso del Estado cumplió en tiempo y forma al dar contestación al requerimiento hecho por la instancia competente del Poder Judicial”.

Y explicó que “mediante oficio de fecha 12 de junio del 2017, el presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado, Irineo Molina Espinoza, dio contestación al requerimiento formulado por el Juzgado Séptimo de Distrito, mediante el oficio número 1118, de fecha 06 de junio de 2017, mismo que fue depositado en las oficinas del Servicio Postal Mexicano, con fecha 13 de junio del año en curso”.

Detalló que en Sesión Extraordinaria, el 22 de junio de 2017, se aprobó el dictamen de la Comisión Permanente de Presupuesto y Programación, por el cual de conformidad con lo previsto en el artículo Sexto de la Ley de Bienes Pertenecientes al Estado de Oaxaca, expide un decreto especial que autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Salina Cruz, Tehuantepec, para que de sus recursos propios incluya en su Presupuesto de Egresos para el año 2017.

En la partida presupuestal denominada “sentencias y laudos”, el ayuntamiento de Salina Cruz debe pagar dos millones 505 mil 37 pesos Rafael García Zavaleta para cumplir con la sentencia del expediente sumario civil 558/2009, radicado en el Juzgado Primero de lo Civil del Distrito Judicial de Salina Cruz.

Cabe mencionar que el Ayuntamiento de Salina Cruz manifestó haber solicitado mediante oficio número 70/2017 de 10 de marzo del año en curso, la expedición de un decreto que autorice la partida especial para el cumplimiento del pago a que fue condenado en el expediente civil número 558/2009 del índice del Juzgado Primero de lo Civil; oficio que se recibió en la Oficialía de Partes de este Congreso el 17 de marzo de 2017.

Por su parte, el Juzgado Séptimo de Distrito respondió este 26 de junio donde acepta que el congreso “cumplió en tiempo y forma con el requerimiento formulado, precisando desconocer las razones por las cuales no ha sido entregado a este Juzgado el aludido oficio”.

En el oficio se le explica que el 22 de junio fue aprobado el decreto correspondiente al expediente 1379 del índice de la Comisión Permanente de Presupuesto y Programación, emitiéndose el Decreto número17649, por el cual con lo previsto por el artículo 6° de la Ley de Bienes Pertenecientes al Estado de Oaxaca, expidió un decreto especial que autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Salina Cruz, para que de sus recursos propios incluya en su Presupuesto de Egresos para el año 2017, en la partida presupuestal denominada
«Sentencias y Laudos», un monto por la cantidad de dos millones 505 mil 37 para
pago Rafael García Zavaleta.

Por lo tanto el Juzgado ordena dejar sin efecto legal alguno la multa que se les impuso a cada uno de ellos en proveído de 19 de junio de 20177.

Cabe mencionar que en el trienio (2005-2007), la entonces presidenta municipal de Salina Cruz, Edith Escobar Camacho firmó un contrato de servicio profesionales con el licenciado Rafael García Zavaleta para llevar el caso del ayuntamiento en contra de Petróleos Mexicano que se negaba a pagar el predial.

García Zavaleta interpuso un juico y logró embargar un barco remolcador de Pemex, situación que obligo a la paraestatal a negociar y pagara 12 millones 600 mil pesos por concepto de predial, el cual se iba a utilizar para el mercado de mariscos, sin embargo, la presidenta municipal se quedó con el dinero y tampoco le pagó los honorarios al abogado.

Ante el incumplimiento de contrato, García Zavaleta inicio una demanda civil en contra del ayuntamiento y aunque la jueza civil de Salina Cruz emitió una sentencia a favor del abogado no le pagaron con el argumento de que los bienes municipales son inembargables, esto porque la cámara de diputados no había querido legislar que los presidentes municipales se hagan responsables y si se embarguen sus cuentas bancarias.

Debido a que la jueza civil de salina cruz, se negaba actuar y no quería embargar por eso interpuso un juicio de amparo en el juzgado de distrito, el cual ordenó al congreso del estado emitiera un decreto como marca la Ley Orgánica Municipal en donde dice que los municipios deben gestionar una partida especial para pagar laudos y sentencias.

Con fecha 8 de junio, la oficialía de partes dl congreso de Oaxaca recibió el documento con oficio 1118 y se canalizó a la Comisión Permanente de Presupuesto y Programación, sin embargo, no acreditaron cumplir con lo ordenado por juez y que fue dictado el pasado seis de junio en relación al ejecutoria de amparo.

Pese a que el termino legal es de tres días, se les otorgó una ampliación, la cual trascurrió del 9 al 13 de junio, sin embargo, los diputados trataron de enmendar su error y procedieron a aprobar fast track el decreto el pasado 22 de junio.

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