Oaxaca.- La diputada del grupo parlamentario del PRI en la LXII Legislatuara estatal, Yolanda López Velasco, presentó al pleno del Congreso del Estado una iniciativa para crear la Ley de Expropiación, Ocupación Temporal y Limitación de Dominio para el Estado de Oaxaca, que abroga la Ley de Expropiación del Estado de Oaxaca actual.
Desde la tribuna, la legisladora priista afirmó que esta nueva ley permitirá que el Poder Ejecutivo Local realice con legalidad y seguridad jurídica las expropiaciones, además, garantiza el derecho de audiencia y certeza jurídica a los particulares afectados, privilegiando el interés general.
Dijo que armoniza las últimas reformas constitucionales y legales, señalando los plazos y términos para el cumplimiento de las obligaciones de las partes, regula las causas de utilidad pública sui generis del Estado y amplía causas por las que pueda dictarse una declaratoria de expropiación.
Resaltó que a través de esta legislación, se faculta para tramitar el expediente de expropiación, a la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado.
Se detalla un procedimiento administrativo de los actos expropiatorios, la notificación de la declaratoria de utilidad pública, deberá ser personal a los titulares de los bienes y derechos, así como también por el Periódico Oficial del Estado y por un diario de la localidad de que se trate.
En contra de estas resoluciones administrativas procede, además del recurso de revocación, el medio de impugnación ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo conforme a la Ley de Justicia Administrativa para el Estado de Oaxaca.
Dijo que de aprobarse esta nuevo ley, la solicitud de expropiación podrá ser presentada por los titulares de las dependencias e instituciones de la Administración Pública Estatal Centralizadas y Organismos Auxiliares del Poder Ejecutivo, así como a los Ayuntamientos y sus Organismos Auxiliares en el ámbito de su competencia.
Señala también que el monto de la indemnización se fijará por el Instituto Catastral del Estado de Oaxaca o peritos valuadores autorizados en los términos de la Ley de Catastro del Estado de Oaxaca, con conocimiento de la Secretaría de la Contraloría y Transparencia.
La indemnización deberá pagarse en moneda nacional a más tardar dentro de los cuarenta y cinco días hábiles siguientes a la publicación del decreto.
Con esta nueva ley, el propietario afectado podrá solicitar dentro del plazo de dos años, la reversión total o parcial del bien de que se trate, o la insubsistencia de la ocupación temporal o limitación de dominio, o el pago de los daños causados si los bienes no fueren destinados total o parcialmente al fin que dio causa a la declaratoria respectiva, finalizó.