Jaime GUERRERO
OAXACA, (pagina3.mx).- El Secretario de Vialidad y Transporte (Sevitra), Carlos Moreno Alcántara, informó que aplicarán sanciones que van de los 50 a los 100 salarios mínimos a los transportistas que circulen con pasaje en los estribos; sin póliza de seguro; no respeten la tarifa autorizada y permitan el ascenso y descenso de pasaje en arroyo de circulación.
Al dar a conocer las infracciones específicas y sanciones que se aplicarán a los transportistas, detalló que entre las sanciones de 50 a 100 salarios mínimos también se encuentran el abandono de persona lesionada.
Circular con permiso vencido; iniciar el movimiento del vehículo antes de que el pasajero realice el ascenso o descenso y también por no portar o no ser visible el número único de concesionario autorizado.
Tras precisar que en el mismo Reglamento de la Ley de Transporte del Estado de Oaxaca se estableció que se impondrán multas de 150 a 300 salarios mínimos por falta de concesión o permiso, también se dio a conocer que las multas por ostentar cromática distinta a la autorizada o circular en vialidades de jurisdicción estatal sin el permiso complementario, de 100 a 200 salarios mínimos.
Las multas menores serán de 10 a 20 salarios mínimos, para los concesionarios que abastezcan combustible con pasaje a bordo; circulen con aparatos de sonido excesivo; circulen con exceso de pasajes; negativa del operador a exhibir documentos; no poner el anuncio de tarifa autorizada y por falta de licencia.
La sanción por circular con puertas abiertas será de 30 a 50 salarios mínimos; de 20 a 50 por circular a velocidad mayor a la permitida; de 5 a 10 salarios mínimos por colocar objetos que impidan la visibilidad de los elementos de identificación y falta de aseo personal.
De 5 a 10 salarios mínimos por permanecer más tiempo del indispensable en el ascenso y descenso de pasajeros y de 25 a 50 salarios mínimos a quienes presten el servicio con vehículos en malas condiciones.
Informó que también se sancionará al transporte colectivo urbano, suburbano, metropolitano y foráneo por alterar horarios de servicio e itinerario, así como por ampliación de ruta; por falta de luz en los estribos; falta de luz interior; falta de pasamanos; falta de piso antiderrapante; falta de timbre en las unidades.
También por interrupción del servicio sin causa justificada; invasión de ruta; negativa a prestar el servicio público; no permitir el ascenso de perros guía; no respetar los descuentos para personas con discapacidad; no reservar los dos asientos más cercanos a la puerta de acceso para personas con discapacidad y realizar servicio de pasajeros en ruta no autorizada.