Proceso
México, D.F., (apro).- El 28 de febrero del año pasado Andrea Martínez, entonces de 23 años de edad, fue expulsada del colegio Motolinía, una escuela normal católica ubicada en el estado de Michoacán, por el sólo hecho de estar embarazada.
El argumento de la directora del plantel, Ana María Gómez, fue que había incumplido con el reglamento interno que establece “la no gravidez durante la carrera” y porque, al ser un “instituto católico”, no estaba bien que estudiaran ahí alumnas embarazadas”.
Según información difundida en el portal Animal Político, desde entonces la joven no ha podido continuar su carrera porque el colegio se ha negado a hacerle válido el semestre que estaba cursando, pese a que entregó los trabajos para acreditar las materias y pagó la colegiatura.
A raíz de la expulsión, Andrea interpuso una queja ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y solicitó un amparo ante un juzgado de Morelia, pero no tuvo éxito. En ninguna instancia reconocieron la violación a su derecho a la educación, según la información difundida por el portal.
El Consejo Nacional para Prevenir a Discriminación (Conapred) fue la única instancia en darle seguimiento al caso y finalmente acreditó el pasado 8 de julio que la escuela había cometido un acto de discriminación contra la joven, por lo que interpuso una serie de medidas que incluyen que Andrea regrese a cursar la carrera sin pagar colegiatura, como medida de reparación del daño, y que la institución cambie el reglamento de “no gravidez”.
Este es uno de las primeros cinco casos en que el Conapred emite resoluciones en contra de particulares, tomando en cuenta que la reforma de 2014 a Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación permite la investigación en casos donde estén involucrados funcionarios de empresas ajenas al Estado y no sólo ser “un conciliador”.
El Conapred concluyó que la escuela atentó contra el derecho de Andrea “a la igualdad y a la no discriminación, a la educación, a sus derechos reproductivos, a una vida libre de violencia, y se afecta su proyecto de vida”.
Según la directora de la escuela, Ana María Gómez, la institución es particular y está en su derecho de expedir las reglas que crean más convenientes.
Al ingresar al colegio “Motolinía”, las alumnas deben firmar una ficha en la que se dan por enteradas que “la institución no admite a madres solteras, divorciadas ni casadas”, y en la carta compromiso se “acepta ser dada de baja de la institución definitivamente si durante su estancia en ésta contrajera matrimonio o quedara en estado de gravidez”.
Según explicó la escuela al Conapred, la directora pidió a la alumna que se diera de “baja temporal” porque el colegio no podía hacerse responsable de los riesgos “para ella y el producto”.
El 21 de marzo, Andrea y su padre, Francisco Javier Martínez, acudieron a la escuela para tratar de conciliar. Pidieron que le permitieran concluir el semestre (al que le restaban dos meses), porque en ese momento no podría incorporarse a ninguna otra escuela debido al avance del ciclo escolar. La directora propuso que podría ser enviada a otra institución como “intercambio”, pero eso no fue posible porque la otra escuela argumentó que “ya no había espacio”.
Durante la investigación del caso, el Conapred solicitó como “medidas precautorias” (antes de llegar a una resolución) que le permitieran cursar lo que restaba del semestre, pero una vez más la escuela se negó, con base en su reglamento. Y, además, “con un policía” se prohibió la entrada a Andrea y a su familia a las instalaciones de la escuela.
El organismo considera que independientemente de la religión o creencia que profesa el instituto, “debe respetar el derecho de las alumnas y no incurrir, como lo está haciendo, en violencia contra ellas, lo que trae como consecuencia que infrinja la ley y los tratados internacionales de los que México es parte”.
Por lo tanto, el reglamento interno debe ser modificado, porque “no puede estar por encima de la Constitución ni tratados internacionales”, además de que “carece de justificación el considerar que el embarazo, la maternidad y el estado civil de las personas constituyen impedimentos para ingresar y permanecer en los establecimientos de educación en cualquier nivel”.
La resolución del Conapred fue emitida el pasado 8 de julio, y la escuela cuenta con 30 días hábiles para acatar la resolución; sin embargo, hasta el momento ha reiterado su negativa. La institución tiene derecho a interponer un amparo ante un juzgado para no cumplir con las disposiciones.
Andrea confía en que las religiosas acepten que cometieron un acto de discriminación en su contra porque “quiero acabar con mi carrera”, dijo en la entrevista.