En materia de justicia para adolescentes, Oaxaca es punta de lanza al ser el primer estado del país que instituyó un modelo integral, acusatorio y oral, otorgando al procedimiento penal, principios que garantizan los derechos humanos de quienes cometen actos considerados como delitos, afirmó la jueza de garantías del Poder Judicial del Estado especializada en este tema, Juana Rosa Corte Silva.
A propósito de la entrada en vigor de las reformas constitucionales sobre justicia penal para adolescentes, que establecen nuevas medidas para una eficaz inserción social de los infractores menores de edad y que fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el pasado dos de julio, la servidora pública judicial explicó que Oaxaca se adelantó en su implementación desde hace siete años.
Comentó que a partir de las modificaciones a los artículos 18 y 73 de la Carta Magna, las entidades del país en donde no se había instaurado el sistema acusatorio o donde la oralidad solo se practicaba para delitos menores, ahora se harán válidos estos principios al momento de juzgar los asuntos de las y los adolescentes involucrados en un acto fuera de la ley.
En el marco del Foro Regional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal, realizado en fecha reciente, la jueza especializada del Poder Judicial de Oaxaca intervino en una mesa de trabajo con servidores públicos de más de 20 estados, quienes analizaron aspectos importantes de la reforma como la competencia dada al Congreso de la Unión para crear una Ley Nacional de Justicia para Adolescentes.
Con la participación de la investigadora del Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE), Sofía Cobo Téllez y la directora general adjunta de Iniciativa para el Estado de Derecho (Aba Roli), Violeta Maltos, se revisaron también temas como La introducción de la justicia restaurativa y los mecanismos alternativos de solución de controversias dentro de la Ley Nacional de Justicia para Adolescentes, como herramientas de atención a los adolescentes procesados, siempre que estos resulten procedentes.
Los especialistas coincidieron que una sentencia condenatoria al procedimiento penal no siempre resuelve el conflicto y reconocieron que hoy más que nunca, los jueces están obligados a conocer los diversos tratados internacionales, para conceder a los individuos mayores oportunidades, pues la niñez y adolescencia necesitan el respaldo del Estado, la sociedad civil y la familia para desarrollarse de manera plena.
La Reforma Constitucional en materia de justicia penal para adolescentes contempla otros aspectos como: la asistencia social a los menores de 12 años, el internamiento como medida extrema y por el tiempo más breve que proceda a los adolescentes mayores de 14 años; así como los mecanismos de solución de controversias en los casos donde no se trate de delitos graves.