Jaime GUERRERO
OAXACA (página3.mx).- Los institutos y actores políticos tienen una amplia ventana para iniciar campañas antes de los plazos establecidos por la ley electoral, y es que conforme lo establecido en los códigos electorales sólo constituyen actos anticipados de campaña los llamados expresos al voto en contra o a favor de alguna precandidatura.
El titular de la Unidad de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), Carlos Ortiz Martínez, explicó que de manera textual la ley electoral señala que constituyen actos anticipados de campaña «las expresiones bajo cualquier modalidad y en cualquier momento en el lapso que va desde el inicio del proceso hasta antes del plazo legal para el inicio de las precampañas que contengan llamados expresos al voto en contra o a favor de alguna precandidatura».
Respecto a diversas campañas emprendidas por organizaciones que se denominan sociales y que poseen como distintivos las iniciales de los apellidos de algún político que ha manifestado su intención por querer ser gobernador del estado, así como campañas de valores en donde se promociona el nombre de un ex funcionario municipal.
Ortiz Martínez señaló que estas actividades pueden ser motivo de análisis sin que lo anterior signifique que están incurriendo en un acto anticipado de campaña. «Todo eso hay que analizarlo porque a primera vista pareciera que infringen pero se tiene que investigar, de ahí la importancia de contar con los elementos de prueba. La autoridad no tiene todos los elementos a la vista», declaró.
Sin embargo, en opinión de los representantes de los medios de comunicación, los partidos políticos se han especializado en violar la ley creando normatividades que no son severas.