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TEE deja firme a Juan Mendoza en la dirigencia del PAN Oaxaca

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Jaime GUERRERO

OAXACA (#pagina3.mx).- El Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca, dejó firme a Juan Mendoza Reyes, como dirigente estatal del Partido Acción Nacional (PAN), al declarar improcedente la demanda interpuesta por Medardo Cabrera Esquivel, quien pretendía la destitución del ex diputado local panista al frente de ese instituto político.

Durante la sesión los magistrados, Víctor Manuel Jiménez Viloria, Wilfrido López Vázquez y Miguel Ángel Carballido, resolvieron el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano JDC/80/2015, promovido por Cabrera Esquivel, en su carácter de militante del PAN.

El panista, denunció presuntos actos de integrantes de la Comisión Permanente del Consejo Nacional del PAN.

Cabrera Esquivel, aseguró que el Comité Ejecutivo Nacional del PAN, se excedió de sus atribuciones y deberes al determinar la permanencia de Mendoza Reyes, al frente de partido político; que se debió nombrar a un delegado especial encargado provisional del comité directivo en el despacho de los asuntos.

Sin embargo, el TEEO declaró improcedente la demanda formulada y confirmó la sesión de cuatro de noviembre de dos mil quince de la Comisión Permanente Nacional del PAN y el acuerdo CPN/SG/149/2015, que determinó prorrogar a Mendoza Reyes como dirigente estatal de Acción Nacional.

En tanto, en el expediente JDC/92/2015, promovido por José Ángel Torres Elorza en contra del listado de propuestas definitivas para integrar los Consejos Distritales para el Proceso Electoral 2015-2016, emitido por la Comisión de Capacitación, Organización Electoral y Vinculación con el Instituto Nacional Electoral, del IEEPCO, dejó firmes a los integrantes de esos órganos electorales.

El Tribunal solo declaró fundado uno de los agravios presentados por Torres Elorza y ordenó a la Comisión de Organización Electoral, apegarse al principio de legalidad y máxima publicidad dando a conocer al demandante los motivos por los cuales no fue considerado dentro de la lista.

Respecto, al Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales, promovido por Jorge Luis Rodríguez Galguera, en contra de actos del Presidente y de la Secretaría General del Comité Directivo Estatal y del Presidente de la Comisión de Justicia Partidaria del PRI, el TEEO ordenó a eos órganos priístas, resolver el Juicio.

En tanto, resolvieron el Recurso de Apelación RA/04/2016 promovido por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), en el que impugnan omisiones relacionadas con el pago de prerrogativas correspondientes a los meses de noviembre y diciembre del año 2015 y enero del presente año, por parte del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) y la Secretaría de Finanzas del Estado de Oaxaca.

Luego del análisis del asunto, los magistrados electorales declararon infundados los agravios relacionados con la omisión del pago de prerrogativas ordinarias de los meses de noviembre y diciembre, debido a que existen copias certificadas de los comprobantes de pago recibidas por la Secretaría de Finanzas de dicho partido político. Sin embargo, en lo que corresponde al mes de enero del 2016, el Instituto Electoral responsable reconoce que no ha sido pagado hasta en tanto realice la calendarización que apruebe el órgano de su Consejo General.

Por lo tanto, ordenó al IEEPCO hacer las gestiones necesarias ante la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado para obtener los recursos financieros correspondientes, con base en la calendarización aprobada en la sesión extraordinaria del Consejo General del mismo.

Asimismo, vincularon a la Secretaría de Finanzas para que una vez hecha la solicitud de dichos recursos por parte del instituto electoral, realice la transferencia y trámites necesarios correspondientes a las prerrogativas de los partidos políticos en el año 2016.

Por otro lado, el Tribunal Electoral resolvió el  juicio electoral de los sistemas normativos internos JNI/18/2015, en el cual confirmó el acuerdo emitido por el Consejo General del IEEPCO, mediante el cual declaró la validez de la elección de concejales al ayuntamiento del municipio de San Juan Mazatlán, Mixe. Finalmente y en el mismo sentido,  Guillermina García Pérez, originaria de la agencia municipal General Felipe Ángeles, perteneciente a dicho municipio, promovió el expediente JNI/19/2015 por el cual impugnó presuntas violaciones a sus derechos político electorales de votar y ser votada, entre ellos que no se permitiera la participación de las mujeres.

En el análisis del caso, los magistrados declararon infundado al observar que dentro de la planilla ganadora se incluye la participación de dos mujeres en distintos cargos.

 

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