El tribunal español dictaminó que la devolución se produjera desde el momento en que se dictó la sentencia, en mayo de 2013.
La justicia europea cree que las leyes españolas sobre hipotecas abusivas son un corsé para los jueces e incumplen las normas comunitarias.
Las instituciones europeas propinan, de este modo, un nuevo revés a la legislación española sobre ejecuciones hipotecarias.
El tribunal, con sede en Luxemburgo, señala que la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil españolas no pueden ser los únicos criterios para calificar de abusiva una cláusula.
Tres años después, los clientes se opusieron a una ejecución hipotecaria solicitada por el banco español alegando que las cláusulas relativas a los intereses y su vencimiento anticipado eran abusivas.
Fuente: http://elpais.com/economia/2016/03/30/actualidad/1459347074_400373.html
