Las bases II a IV actuales se refieren a cada uno de los tres poderes, y la I establece la forma de gobierno.
El Presidente también tenía la facultad de proponer al Senado al sustituto del jefe de Gobierno si éste fuese removido.
Los alcaldes y concejales se elegirán para un periodo de tres años y podrán ser relectos una sola vez.
Los concejos supervisarán y evaluarán las acciones de gobierno, y controlarán el ejercicio del gasto público.
En ellos se establece que cada alcaldía estará integrada por un alcalde y un concejo formado por entre 10 y 15 concejales.
Fuente: http://www.jornada.unam.mx/2016/03/11/opinion/024o1eco