Jaime GUERRERO
OAXACA (#pagina3.mx).- Los magistrados del Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca (TEEO), exoneraron al candidato a gobernador de la coalición PAN-PRD, José Antonio Estefan Garfias, de actos anticipado de campaña y en contra parte, determinaron aplicarle una multa de 36 mil 520 pesos al candidato del PT, Benjamín Robles Montoya, porque el senador con licencia si habría cometido actos adelantos de campaña.
Lo mismo, el Tribunal Electoral, aplicó una multa al Partido de la Revolución Democrática por actos anticipados de campaña.
Al resolver el Procedimiento Especial Sancionador PES/14/2016, promovido por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y Morena, ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), por violaciones a la ley por parte de Estefan Garfias y Robles Montoya, cuando éstos era precandidatos del PRD, los magistrados Raymundo Wilfrido López Vázquez, Víctor Manuel Jiménez Viloria y Miguel Ángel Carballido Díaz, tomaron una decisión en dos vías.
De acuerdo al PRI y a Morena, los ahora candidatos por distintos partidos políticos, fueron responsables de presuntas violaciones a las normas electorales y la posible comisión de actos anticipados de campaña, por la emisión de los promocionales en Televisión.
A juicio de los magistrados del TEEO, de las probanzas recabadas por la Comisión de Quejas y Denuncias del IEEPCO, “se arriba a la conclusión que se encuentra configurada la falta por parte del PRD a través de su Consejo Estatal y Robles Montoya, “toda vez que el promocional de televisión abierta, no cuenta con el elemento de la normativa electoral para la propaganda electoral”, la cual debió ser dirigida únicamente a los miembros del Partido de la Revolución Democrática.
Mientras que la propaganda de Estefan Garfias, “no se encuentra configurada la omisión hecha valer, en virtud de que del contenido del promocional se desprende que cuenta con los elementos exigidos por la normativa electoral”.
En lo relativo a la violación al Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE), los magistrados concedieron que no se encuentra configurada, en virtud de que de las pruebas remitidas por la Comisión de Quejas y Denuncias, se desprende que la conducta del PRD , Robles Montoya y Estefan Garfias, se encuentran apegadas a derecho.
Sin embargo, se ordenaron dar vista al INE a efecto de que investigue quiénes solicitaron la difusión de los promocionales durante el tiempo de inter campañas, así como la existencia o inexistencia de responsabilidad respecto a esa difusión.
Por lo pronto, solo consideraron que Robles Montoya y PRD incurrieron en violaciones a la ley electoral.
Por ello, avalaron imponer una multa de 500 Unidades de Medida de Actualización de Salario Mínimo, al Sol Azteca, a través de su Consejo Estatal y al hoy candidato a gobernador del PT, “porque el promocional con clave RV0007216, no cuenta con los elementos requeridos por la normativa electoral”.