En ambos casos, el TEEO ordenó al PAN a sustituir las candidaturas en un plazo de 48 horas, a partir de su notificación, ante el Consejo General del IEEPCO.
Ante esto, el órgano jurisdiccional dio un plazo de 24 horas al PAN para que haga la corrección correspondiente y cumpla la paridad de género en su lista de candidaturas a representación proporcional.
Además, invalidó la inscripción de diputados por el principio de mayoría relativa presentados por la misma alianza por incumplir con la paridad de género, así como la lista de aspirantes a diputados del PAN por el principio de representación proporcional.
El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) revocó los registros de los exdirigentes del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Carol Antonio Altamirano Toledo, y del Partido Acción Nacional (PAN), Juan Mendoza Reyes, como candidatos a diputados de la Coalición con Rumbo y Estabilidad por Oaxaca (CREO), por no estar apegados a las disposiciones legales.
Y por último, el TEEO determinó que el Partido Encuentro Social (PES) no cumplió los requisitos constitucionales para postular candidatas y candidatos a diputados por el principio de representación proporcional y en consecuencia, no tiene derecho a registrar algún aspirante por este principio.
Fuente: http://www.noticiasnet.mx/nota/9950/invalida-tribunal-estatal-carol-y-juan-mendoza