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Retroceso democrático y violación de derechos con nuevo reglamento municipal en San Cristóbal de Las Casas

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Isaín Mandujano

Considerado como un reglamento más progresistas y de avanzada por 23 años de entre los 122 Ayuntamientos de Chiapas, el alcalde del PVEM, Marco Cancino González de San Cristóbal de Las Casas dio retroceso radical al proponer y aprobar con el apoyo de regidores leales, un nuevo y restrictivo reglamento municipal.

Reglamento que obligó a ciudadanos coletos y una regidora a recurrir al amparo del Poder Judicial de la Federación (PJF) por considerarlo violatorio de los derechos políticos de los ciudadanos y restringir la rendición de cuentas y participación ciudadana.

Por 23 años, los alcaldes, los miembros del cabildo y los ciudadanos sancristobalenses mantuvieron un reglamento interior municipal con políticas de puertas abiertas en un estado donde la cerrazón, la opacidad y la discreción se observa en todos los niveles de gobierno.

El reglamento abrogado por el alcalde y sus regidores afines daba lugar a que los habitantes o líderes de colonias pudieran tener voz y participación en las sesiones de cabildo, las sesiones eran abiertas al público en general y no había necesidad de que medios y periodistas se registraran para acceder.

El nuevo reglamento municipal se esperaba más garantista sin embargo, resultó regresivo y a todas luces violatorio a los derechos de los ciudadanos para exigir transparencia, rendición de cuentas y fomentar la participación ciudadana, dijo Jerónima Toledo, regidora del partido MORENA, quien decidió recurrir al PFJ para ampararse.

Dijo que el nuevo reglamento no sólo violenta al limitar la participación de los regidores en las sesiones de cabildo, sino que además cortó de tajo derechos conquistados por 23 años para la participación ciudadana, pues si bien antes los ciudadanos podían ir, entrar y tomar la palabra, esas quedaban asentadas en las actas de cabildo, por lo que los ciudadanos tenían un documento de base para reclamar el incumplimiento de alguna obra o gestión para sus barrios o colonias.

Pero que con el nuevo reglamento interior municipal, los ciudadanos ya no pueden participar dentro de las sesiones de cabildo, si lo desean hacer es ahora hasta después del cierre o clausura de la sesión y sus palabras o peticiones ya no quedan registradas en el acta o bitácora del día.

Ahora los medios y los periodistas también fueron afectados, pues el cupo se les ha limitado y tienen que estar previamente y plenamente acreditados para cubrir las sesiones, de lo contrario no hay acceso público.

“Es paradójico, es contradictorio, es una sesión pública pero privada, dice Jerónima Toledo.

Jerónima tramitó el amparo 885/2016 ante el Juez Tercero de Distrito para reclamar la violación a los derechos fundamentales de ella y los gobernados sancristobalenses.

De igual forma lo hicieron los ciudadanos y activistas, Carlos Perola y Mercedes Ozuna, quienes solicitaron el amparo de la justicia federal ante el Juez Quinto de Distrito para que los proteja ante esto que califican una “arbitrariedad” y “retroceso democrático”.

Será el 6 de junio cuando se celebre la audiencia entre las partes y sea el juez el que determine la legalidad o ilegalidad del nuevo reglamento.

El abogado Miguel Ángel de los Santos Cruz documento una serie de violaciones a derechos humanos y derechos políticos. Desde el artículo 6º Constitucional que habla del derecho a la información, el artículo 14 sobre el debido proceso al observar varias irregularidades para abrogar el anterior y aprobar el nuevo reglamento y el artículo 16 que habla de la garantía de legalidad. Así como violatorio al 115 y 133 Constitucional.

Viola, dice De los Santos Cruz, articulados de varios tratados internacionales y que fueron expuestos en la solicitud de amparo.

El diputado federal de MORENA,  Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, propuso en la Cámara de Diputados un Punto de Acuerdo sobre la materia.

En el documento se refiere que el alcalde consiguió que la mayoría de regidores y regidoras acordaran suspender las sesiones públicas, impidiendo la presencia y participación ciudadana.

Y que esto ha implicado una violación sistemática de los derechos de acceso a la información, de petición y audiencia pública garantizados en los artículos 6o. y 8o. de nuestra Carta Magna, menoscabando principios constitucionales elementales, pues no ha hecho más que coartar, sin justificación alguna, la capacidad que ciudadanas y ciudadanos tienen de ser partícipes de los procesos de toma de decisiones sobre los asuntos públicos. Cuando las decisiones se toman sin sustento, representan actos arbitrarios que no encuentran justificación en el voto mayoritario.

Y que bajo el amparo de este esquema de opacidad institucional, el ayuntamiento ha perpetrado gravísimas faltas contra el orden democrático y el estado de derecho, resquebrajando los canales de expresión y participación al que por ley ciudadanos y ciudadanas tienen acceso, al mismo tiempo que ha alentado el autoritarismo de un edil que, se admite como única voz autorizada para determinar el destino de una ciudad que cree, le sirve y pertenece.

Se detectan múltiples violaciones a las atribuciones previstas para los ayuntamientos en el artículo 36 de la Ley Orgánica Municipal, permitiendo que el presidente municipal ejercite, por encima de síndico y regidores, un poder incontestable en la toma de decisiones de todo lo concerniente a la administración del municipio.

En el nuevo reglamento se aprobó la noche del 24 de febrero  en sesión privada de cabildo, no sólo se coarta la libertad de expresión, sino también el acceso pleno a la información y el derecho de audiencia, entre otros derechos humanos fundamentales consagrados en nuestra Constitución que hoy se ven peligrosamente comprometidos.

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