Jaime GUERRERO
OAXACA (#pagina3.mx).- Por unanimidad, los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) declararon existentes las violaciones la constitución y leyes electorales por parte del Presidente Municipal de Santa Ana Zegache, Elmer Gaspar Guerra, por haber asistido a los eventos de precampaña del actual candidato a gobernador por el Partido de la Revolución Democrática, José Antonio Estefan Garfias, en horas y días hábiles.
Al resolver el procedimiento especial sancionador iniciado por Gabriela García Sarmiento ante el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), se confirmó por segunda ocasión que el edil de Santa Ana Zegache, estuvo presente en actos de proselitismo político siendo días y horas hábiles.
Ante ello, el TEEO ordenó dar vista al Congreso del Estado de Oaxaca para que resuelva sobre la sanción que corresponda a Gaspar Guerra, en su calidad de Presidente de Santa Ana Zegache y a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca para que en el ámbito de sus facultados determine las sanciones.
También los magistrados del TEEO, dieron vista a la Unidad Técnica de Fiscalización de la Comisión de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE) para que tome en cuenta los gastos erogados en los eventos partidistas en cuestión.
También el pasado mes de marzo, los magistrados del TEEO, resolvieron que el edil de Santa Ana Zegache, incurrió en violaciones a la Constitución con fines electorales y por tanto, dio vista al Congreso del Estado, a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE) y a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, para determinar sus responsabilidades penales.
En el análisis de la sentencia, el Pleno del TEEO consideró que existió un comportamiento injustificado por parte del Presidente Municipal de Santa Ana Zegache, al observar que efectivamente existen pruebas como imágenes fotográficas del evento, dos notas periodísticas, así como los escritos que comprueban que dicho servidor público sí asistió al evento de precampaña denunciado.
Y es que el edil, acudió a actos proselitistas del entonces precandidato a Gobernador, José Antonio Estefan Garfías, y con ello habría incurrido en conductas transgresoras, así como flagrantes principios de certeza, legalidad, independencia y objetividad que deben regir toda actividad electoral.
“Existió un comportamiento injustificado por parte del presidente municipal de Santa Ana Zegache, contrario al principio de imparcialidad, en razón de que obran pruebas que valoradas en su conjunto llegan a concluir que dicho servidor público sí asistió al evento de precampaña denunciado porque existen imágenes fotográficas del evento, descritos de cada uno de os denunciados en los que se acepta la asistencia del edil, actas circunstanciadas levantadas por el IEEPCO en las que se constataron notas periodísticas”, apunta la cuenta de los magistrados.
Por ello, los magistrados del TEEO, determinaron que el edil de Santa Ana Zegache, si transgredió los principios de imparcialidad previsto en el artículo 134, párrafo séptimo de la constitución política de Estados Unidos Mexicanos, sin que sea impedimento que el edil pretendió justificar su asistencia a actos proselitistas, manifestando que acudió en calidad de consejero estatal del PRD y que habría solicitado con anticipación, asistencia para ausentarse de sus funciones.
En razón de ello, el TEEO dio vista de la conducta asumida por Guerra Guerra al Congreso del Estado, a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral y a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca.
El procedimiento Especial Sancionador fue el PES/07/2016, presentado por Damián Caballero López contra el Presidente Municipal de Santa Ana Zegache, Elmer Gaspar Guerra.