Jaime GUERRERO
OAXACA (#pagina3.mx).- El Partido Revolucionario Institucional (PRI) le sigue allanando el camino en lo que resta en la LXII Legislatura, al próximo mandatario estatal.
Este jueves presentó una iniciativa para que sea el gobernador electo Alejandro Murat Hinojosa, quien proponga su propio presupuesto para el ejercicio fiscal 2017.
Para ello, presidente de la Mesa Directiva de la LXII Legislatura, Adolfo Toledo Infanzón, presentó la iniciativa para adicionar párrafos a los artículos, 53, 59 y 80 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.
‘Cuando inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 69, el Ejecutivo Estatal hará llegar al Congreso la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos del Estado a más tardar el día 5 de diciembre’, dice la propuesta de modificación del artículo 80 presentada en la sesión ordinaria del Congreso local.
De igual forma propone en la fracción 21 del artículo 59 ‘que tratándose del año que corresponda la renovación del titular del Poder Ejecutivo, aprobar la Ley de Ingresos y el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado a más tardar el 30 de diciembre’.
Y adiciona un párrafo IV a la fracción 7 del artículo 53 para “en el año que corresponda la renovación del titular del Poder Ejecutivo, el Congreso del Estado aprobará la Ley de Ingresos y Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado a más tardar el 30 de diciembre.
De donde en caso de aprobarse la iniciativa de reforma a la Constitución estatal, ya no será el actual mandatario Gabino Cué Monteagudo quien diseñe y proponga el presupuesto a ejercer en el primer año de gobierno del próximo gobernador (Alejandro Murat Hinojosa).
Toledo Infanzón subraya en la exposición de motivos que ‘debe dotarse a cada poder de los elementos necesarios que permitan respetar sus respectivos marcos de competencia, y de que, la presentación de la iniciativa de la Ley de Ingresos así como el Proyecto de Presupuesto de Egresos ante el Congreso, es una facultad exclusiva del Poder Ejecutivo’.
“Pero que además ésta debe ser garantizada al servidor público que se encuentre facultado para ejercer las facultades y obligaciones que las Leyes le confieren e imponen respectivamente como Gobernante”, indica.
Por lo que establece como necesario delimitar en la Constitución Política Local, la competencia respecto de la presentación de la iniciativa de la Ley de Ingresos así como el Proyecto de Presupuesto de Egresos por parte del Gobernador, cuando se trate del año de renovación de Gobernante, homologando los plazos y deberes que tanto al Ejecutivo Estatal saliente como al entrante, les corresponde, de acuerdo con la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria vigente en el Estado.