Derivado de lo anterior, también se pueden ver afectados en ambos derechos y en consecuencia pueden reclamar afectaciones a su derecho al honor.
“La materia electoral no se define por ser normas que resulten aplicables, de alguna manera, a los partidos políticos o las personas que participan dentro de un proceso electoral.
Encuentro un número muy grande de normas, de cuerpos normativos que hacen referencia a los partidos, a los candidatos, convierte a estas normas, en normas o leyes de carácter electoral”, sostuvo.
“Creo que esta posición extraordinaria que tienen los partidos políticos, los hace merecedores de los derechos humanos para efectos de poder expresarse, y en su caso también, tener la posibilidad de una rectificación en el mismo sentido”, advirtió Cossío.
Además, se analizará si la norma impugnada anula el derecho de réplica para los partidos políticos al contemplar la creación de un órgano especializado que analice las peticiones de réplica de un partido político.
Fuente original: Partidos pueden impugnar leyes que los afecten de forma indirecta, resuelve Corte – Aristegui Noticias