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Murat pide a Congreso le autorice contratar 1,200 mdp de deuda pública para reconstrucción

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Jaime GUERRERO
OAXACA, (#pagina3.mx).- El Gobernador del Estado, Alejandro Ismael Murat Hinojosa, pidió a la LXIII Legislatura autorización para contratar uno o varios financiamientos por el orden de los 1 mil 200 millones de pesos, para ser destinados a inversiones pública productiva con objeto de sufragar contingencias generadas por fenómenos naturales que afectaron Oaxaca, así como la reestructuración o refinanciamiento de la deuda pública, a largo plazo que dejó el ex gobernador Gabino Cué Monteagudo.
Asimismo, pide autorización para que por conducto del Secretario de Finanzas, Jorge Gallardo Casas, afecte como garantía y/o fuente de pago de las obligaciones asociadas al o los financiamientos que contrate, un porcentaje del derecho y los flujos de recursos derivados de las participaciones presentes y futuras que en ingresos federales le corresponden del Fondo General de Participaciones, de conformidad con lo previsto en la Ley de Coordinación Fiscal.
Así como aquellos derechos e ingresos que, en su caso, los sustituyan y/o complementen total o parcialmente, permaneciendo vigentes las afectaciones autorizadas hasta la total liquidación del financiamiento que contrate con base en el Decreto.
En la exposición de motivos, el mandatario justifica que como consecuencia de los sismos ocurridos en éste mes de septiembre, resultaron afectadas viviendas, instalaciones, carreteras, sistemas de riego agrícola, servicios básicos y comunicaciones, en diversos municipios del Estado de Oaxaca, por lo que es responsabilidad del Gobierno Estatal allegarse de recursos para atender la situación de emergencia que viven los habitantes de las zonas afectadas y contribuir a la restauración de los daños causados por los sismos citados.
“Por la intensidad de los fenómenos naturales, en diversos municipios resultaron afectadas infraestructura carretera y vial, infraestructura educativa, infraestructura de salud e infraestructura urbana, entre otros, por lo que es necesario brindar apoyo a cada sector para establecer el bienestar entre los habitantes de todos los municipios afectados”, agrega.
Ésta autorización que pide Murat Hinojosa, será sometida ante el pleno de la LXIII Legislatura, en la sesión extraordinaria de éste viernes.
Murat Hinojosa, agrega en la exposición de motivos que la Secretaría de Gobernación (Segob) público en el Diario Oficial de la Federación, el pasado 18 de septiembre, la declaratoria de Emergencia Extraordinaria por la ocurrencia de sismos con magnitud 8.2, del 7 de septiembre de 2017, en 41 municipios de la Entidad.
Para el 22 de septiembre, se publicó la declaratoria como zona de desastre a los municipios de: San Juan Bautista Tuxtepec, San Juan Cacahuatepec, San Miguel Piedras, San Pedro Tapanatepec, Santa Ana Tavela, Santa Cruz Xitla, Santiago Jamiltepec y Teococuilco de Marcos Pérez del Estado de Oaxaca.
Derivado de ello, el Estado podrá acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación, sin embargo, justifica Murat Hinjosa, los recursos que le corresponderán a Oaxaca serán insuficientes para atender a la población afectada por los desastres ocurridos.
“Bajo esa premisa y para estar en condiciones de atender en su totalidad a los habitantes afectados, es necesario gestionar, entre otros, la autorización de esa Soberanía para que el estado de Oaxaca reciba los beneficios que ofrece el Fideicomiso número 2186 Fondo de Reconstrucción de Entidades Federativas”, puntualiza el documento.
Para ello, se constituirá como fuente de pago primaria del monto principal del financiamiento a su vencimiento normal, los recursos provenientes de la redención del bono o los bonos cupón cero que adquiera el fiduciario del Fideicomiso referido, con recursos aportados por el Gobierno Federal a dicho fideicomiso.
Y considerando que el Estado cuenta con la oportunidad de garantizar con participaciones federales los costos de la deuda pública que se contraiga, Murat Hinojosa, solicitó al Congreso del Estado, autorizarle, contraer obligaciones o empréstitos “siempre que estos se destinen a Inversiones Públicas Productivas y a su refinanciamiento o reestructura”.
Con la autorización, corresponderá al Secretario de Finanzas, Jorge Gallardo Casas, contratar uno o varios financiamientos y celebre las operaciones que para tal propósito se requieran, debido a que previo análisis, se determinó la capacidad de pago del Gobierno de Oaxaca, del destino que se otorgará a los recursos que obtenga con el o los financiamientos u operaciones que se contraten con sustento en el mismo y el otorgamiento de garantías o establecimiento de fuente de pago del o los financiamientos u operaciones que se formalicen.
La autorización a Murat Hinojosa, se regirá con lo establecido en el último párrafo del artículo 22 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, para celebrar la contratación del o los financiamientos.
Así, la contratación se realizará dentro del marco del Fondo de Reconstrucción para Entidades Federativas constituido por el Gobierno Federal mediante contrato de fideicomiso de fecha 25 de noviembre de 2010, ante el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., Institución Fiduciaria, bajo el Número 2186, con la aportación prevista en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011, por un monto de hasta 1 mil 200 millones de pesos.
Los financiamientos ) que contrate el Estado con base en la autorización, deberán apegarse a lo establecido en el Programa de Prevención y Atención de Desastres Naturales, considerando la plataforma prevista en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011; lo dispuesto en el Artículo Noveno Transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015.
Destaca en el decretó que los recursos del o los financiamientos que se contraten se destinarán, “incluido en su caso el impuesto al valor agregado, de manera enunciativa más no limitativa, en obras para la reconstrucción en los rubros de: (i) infraestructura carretera y vial, (ii) infraestructura educativa, (iii) infraestructura de salud y (iv) infraestructura urbana, así como en obras y acciones de reconstrucción de infraestructura y obras acordadas por el Estado con el Ejecutivo Federal en el marco de lo dispuesto de las reglas generales del Fondo de Desastres Naturales, del Fondo de Reconstrucción de Entidades Federativas, otros Programas Federales y/o Convenios con la Federación, a fin de sufragar las contingencias generadas en los Municipios señalados en las declaratorias de desastre natural por la ocurrencia de sismos durante el mes de septiembre de 2017, que hayan sido o sean publicadas en el diario oficial de la federación”.
Entre las obligaciones del Gobierno de Murat Hinojosa, destaca que “el Estado deberá pagar en su totalidad las obligaciones a su cargo que deriven de los financiamientos u operaciones que formalice, en un plazo que no podrá exceder de 20 años a partir de la fecha en que el Estado ejerza la primera disposición de los recursos otorgados o la institución financiera realice el desembolso o aplicación de los recursos en el entendido que: (i) el(los) contrato(s) o el(los) convenio(s) que al efecto se celebre(n), deberá(n) precisar el plazo máximo en días y una fecha específica para el vencimiento del financiamiento de que se trate, y (ii) los demás plazos, intereses, comisiones, términos y condiciones serán los que se establezcan en el(los) instrumento(s) jurídico(s) que al efecto se celebre(n)”.
Así mismo, se constituirán como fuente de pago primaria del monto principal del financiamiento a su vencimiento normal, los recursos provenientes de la redención del bono o los bonos cupón cero que adquiera con este fin el fiduciario del Fideicomiso número 2186 Fondo de Reconstrucción de Entidades Federativas, a favor del Estado, con recursos aportados por el Gobierno Federal a dicho fideicomiso.
Restructuración de deuda de Cué
Murat Hinojosa, pidió también que por conducto del Secretario de Finanzas, reestructure y/o refinancie directa o indirectamente la deuda pública a cargo del Estado, que en su origen fue destinada a inversión pública productiva, habiendo contratado dichas inversiones conforme a la legislación aplicable vigente en su momento, e inscritas en el Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios.
Tenedores de Certificados bursátiles OAXACA 11, cuyo saldo hasta el 31 de agosto era de 1 mil 508 millones 340 mil 900 pesos; Tenedores de Certificados bursátiles OAXACA 13, con un saldo de 1 mil 90 millones 579 mil 964 pesos; con Banco Nacional de Obras y Servicios (Banobras), 1 mil 199 millones 677 mil 98 pesos; BBVA BANCOMER, S.A., 995 millones 441 mil 814 pesos y con Banco Santander (México), S.A. de 2 mil 329 millones 71 mil 132 pesos.
En total, la administración de Murat Hinojosa, va por la reestructuración de 7 mil 123 millones 110 mil 908 pesos, que es una parte de la deuda pública que dejó Cué Monteagudo.
Así, importes podrán incrementarse hasta por las cantidades que se requieran la constitución de fondos de reserva, cubrir los gastos y costos relacionados con las operaciones de refinanciamiento o reestructura que se formalicen, incluyendo en su caso instrumentos derivados, conforme al porcentaje máximo previsto en el artículo 27 del Reglamento del Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios.
Con ese aval, el Secretario de Finanzas, en su carácter de fideicomitente, constituirá uno o varios fideicomisos públicos sin estructura, que tendrán entre sus fines, gestionar y contratar financiamientos constitutivos de deuda pública, con la comparecencia del Estado, con cualquier Institución Financiera de Nacionalidad Mexicana, siempre que en cualquier caso ofrezca las mejores condiciones de mercado, o bien, servir como mecanismo de pago de las obligaciones crediticias a cargo de otro Fideicomiso que deriven de los financiamientos que contrate, con la comparecencia del Estado.
En el tercer transitorio, se estableció que las operaciones de financiamiento autorizadas en el Decreto, a cargo del Estado de Oaxaca, se entienden como ingreso extraordinario a lo previsto en la Ley de Ingresos del Estado de Oaxaca para el ejercicio fiscal 2017; y las que no se formalicen en el ejercicio fiscal de 2017, deberán estar previstas en la Ley de Ingresos del Estado de Oaxaca para el ejercicio fiscal 2018.

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