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Sala Xalapa del TEPJF falla a favor de Heliodoro Caballero

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Jaime GUERRERO

OAXACA (#pagina3.mx).- La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), dejó firme el acuerdo de Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), por el registro de forma supletoria de Heliodo Caballero Valencia, como candidato a diputado local por la coalición Juntos Haremos Historia, integrada por los Partidos Morena-PT-PES.

Además de ganar en el tribunal de Oaxaca, ahora Caballero Valencia, queda firme como suplente.

Por lo pronto, el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), entregó a Heliodoro Caballero Valencia, la constancia de candidato a diputado local de la coalición Morena-PT-PES, por el distrito XIV con cabecera en Oaxaca de Juárez Norte, por orden del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO).

En sesión extraordinaria urgente, consejeros del órgano electoral encabezados por Gustavo Meixueiro Nájera aprobaron el acuerdo por el cual acataron la sentencia del tribunal local.
No obstante, el responsable del IEEPCO aclaró aún cuando comparte la resolución del TEEO, dijo que no compartía los motivos, debido a que el tribunal refiere que el IEEPCO tomó la determinación de registrar a Luis Alfonso Silva Romo con base en una copia simple, expedida por la Comisión de Gobierno de Juntos Haremos Historia, por tanto se le tenía que revocar el acuerdo.

Meixueiro Nájera aclaró que ante la duplicidad de los registros que hacen los partidos Encuentro Social y Morena, el IEEPCO realizó la notificación a la Comisión Coordinadora Nacional de la coalición Morena-PES-PT, recibiendo dos contestaciones:

Una del representante de Morena, Gilberto López, quien ratifica a Caballero Valencia, mientras que la Coordinadora Nacional envía una copia simple y posteriormente un documento oficial, avalando a Silva Romo.

“El doble registro obliga a revisar a quién le compete la facultad primaria de postular en ese distrito, y le corresponde al PES; sin embargo, el 20 de abril llega en último momento un escrito en original de la Coordinadora Nacional, en donde sostiene la candidatura de Silva Romo, por eso el IEEPCO registró a Silva Romo”, puntualizó.

Con esos argumentos, dijo diferir la forma en que resolvió el TEEO, porque no tiene razón en decir que el IEEPCO resolvió con base en una copia simple.

Y es que el pasado viernes el TEEO revocó el acuerdo IEEPCO-CG-30/2018, en la porción relativa al registro de Silva Romo, como candidato a Diputado por el Distrito XIV con cabecera en Oaxaca de Juárez (Norte) y se lleve a cabo en su lugar el registro del ciudadano Heliodoro Caballero Valencia como candidato a diputado local por el principio de Mayoría Relativa.

Y es que en su escrito de demanda Caballero Valencia exhibió un escrito de fecha doce de abril de 2018, signado por los integrantes de la Comisión Coordinadora Nacional, así como el diverso de la misma fecha signado por el representante propietario del partido MORENA ante el Consejo General del IEEPCO.

Dichos documentos se refieren al acuse de recibo por el cual el representante de partido dio cumplimiento al requerimiento realizado por la Directora Ejecutiva de Partido Políticos Prerrogativas y Candidatos Independientes.

Documental en donde se requirió a integrantes de la Comisión Coordinadora Nacional de la coalición “Juntos Haremos Historia” para que informaran qué fórmula de candidatos debía prevalecer en el distrito en mención.

Mediante escrito de fecha 12 de abril recibido en oficialía de partes del IEEPCO el representante del partido MORENA ratificó el registro de Heliodoro Caballero.

Por su parte, integrantes de la Comisión Coordinadora Nacional de la Coalición Juntos Haremos Historia intentaron dar cumplimiento a través de una copia simple de un escrito de fecha doce de abril en donde informaron que el registro que debía prevalecer es el encabezado por Luis Alfonso Silva Romo.

Así, por unanimidad de votos el Pleno del TEEO consideró que el registro que debe prevalecer debe ser el efectuado por el representante del partido Morena, porque fue efectuado por persona facultada para tales efectos, de conformidad con la cláusula séptima del convenio de coalición “Juntos haremos historia”.

Además, se presentó con la formalidad y temporalidad requerida, esto es así porque se hizo a través de un documento con firma autógrafa y con la temporalidad requerida por la autoridad electoral.

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