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Posicionamiento de la CNDH

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Dirección General de Comunicación

 

Ciudad de México,a 18de abrilde 2019Comunicado de Prensa DGC/149/19

 

ANTE EL MEMORANDUM DADO A CONOCER POR LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, EN EL CUAL SE INSTRUYE A LOS TITULARES DE DISTINTAS DEPENDENCIAS DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL PARA QUE DEJEN DE CUMPLIR CON DIVERSAS DISPOSCIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS EN MATERIA DE EDUCACIÓN, Y ANTE LA SOLICITUD DE DIVERSOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN, LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS EMITE EL SIGUIENTE:

P O S I C I O N A M I E N TO

  1. La educación es un derecho humano fundamental que se encuentra reconocido tanto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como por diversos instrumentos internacionales que han sido suscritos por nuestro país, siendo una obligación del Estado mexicano hacer efectivo este derecho y garantizar que las y los mexicanos tengan acceso a una educación de calidad sostenible.
  1. Con independencia de coyunturas políticas o diferendos ideológicos, es preciso que el Estado cumpla con su obligación y proteja efectivamente este derecho, dando certidumbre sobre los términos y condiciones en que el mismo se hará vigente y podrá ser exigible, máxime que son las niñas, niños y adolescentes los principales beneficiarios del mismo, por lo que cualquier acción que se emprenda en este ámbito, también debe tomar como premisa de ponderación, la defensa del interés superior que les asiste.
  1. La instrucción dada en el sentido de dejar de aplicar los contenidos constitucionales y realizar el manejo de diversos aspectos y cuestiones vinculadas a la educación mediante procedimientos y medios ajenos a los previstos por la Constitución y las normas, modifica y acota los términos y condiciones en que el derecho a la educación puede ser vigente, generando el riesgo de que se produzcan vulneraciones mayores a los derechos de niñas, niños y adolescentes, en tanto las autoridades estarían actuando al margen o fuera de las normas, dejando sin efecto garantías institucionales y propiciando actuaciones discrecionales.
  1. Nada debilita más al Estado de Derecho y a las instituciones que el hecho de que se promueva y ordene desde las instancias de poder el que la ley se desconozca, se incumpla y se deje de aplicar.

 

Los derechos humanos sólo pueden ser vigentes en un entorno de legalidad, Ciudad de México, a 18de abril de 2019

Comunicado de Prensa DGC/149/19

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