ComunicadosCualquier persona ausente debe ser considerada desaparecida: HL

Cualquier persona ausente debe ser considerada desaparecida: HL

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  • El objetivo es que cuando se ausente una persona con o sin presunción de delito, debe ser considerada desaparecida y así activar sin demora y en la totalidad de los casos las herramientas legales para su búsqueda.
  • Se actuará conforme al principio pro persona; además todo protocolo de búsqueda de mujeres será aplicable también para la desaparición de mujeres transgénero.

San Raymundo Jalpan, 14 de diciembre de 2020.- Propuse Reformar diversos artículos de la Ley en materia de desaparición de personas para el Estado de Oaxaca, con el objetivo de que cuando se ausente una persona con o sin presunción de delito, debe ser considerada desaparecida y así activar sin demora y en la totalidad de los casos las herramientas legales para su búsqueda, informó, la diputada del Distrito 13 Oaxaca Sur, Hilda Graciela Pérez Luis.

Agregó que además se deberán aplicar  de forma complementaria los Protocolos Alba, Alerta Amber, el Protocolo Nacional de Actuación de Atención a Víctimas de Secuestro y otros protocolos sobre investigación del delito de secuestro, y demás similares y en caso de contradicción, actúen conforme al principio pro persona; además indicó que todo protocolo de búsqueda de mujeres sea aplicable también para la desaparición de mujeres transgénero.

Hilda Luis recalcó, que con lo anterior se evitará dejar al arbitrio de las autoridades que conocen del asunto la activación y evaluación de las herramientas que utilizará y protocolos que activará.

Una característica principal de una desaparición -cualquiera que sea su causa- es la falta de información sobre lo sucedido. Por lo tanto, dividir los casos en función de los supuestos de presunción de delito regulados  deja parcialmente desprotegidas hasta por 72 horas a las personas adultas cuyas desapariciones, en un primer momento al menos, no exhiben ningún indicio que permita relacionar su ausencia con la comisión de un ilícito o un contexto de peligrosidad.

La congresista manifestó que lo anterior, conlleva el retraso en la realización de algunas acciones de búsqueda, pues las autoridades responsables de emprender la búsqueda de personas mientras se las catalogue como no localizadas, no poseen las atribuciones legales para activar la totalidad de los métodos de localización al alcance del Estado.

La Fiscalía General de Justicia del Estado debe implementar a la brevedad el Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas, así lo indicó la diputada Integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la XLIV Legislatura del H. Congreso del Estado, Hilda Graciela Pérez Luis.

En la entidad la desaparición de niñas, adolescentes y mujeres va en aumento, aquí reside la importancia de actuar de inmediato, implementando todas las herramientas y protocolos para su localización, concluyó.

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