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TEEO declara improcedente solicitud de presidente de Oaxaca de Juárez

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  • Como parte del proceso había solicitado presentar nuevas pruebas
  • También cometió violencia política en razón de género presidenta de San Jacinto Amilpas

Redacción

SemMéxico, Oaxaca de Juárez, 4 de diciembre, 2020.- El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) determinó en el juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, identificado con la clave JDC/123/2020, interpuesto por Jaquelina Escamilla Villanueva, que se actualiza la causal de improcedencia de la solicitud promovida por el Presidente Municipal de Oaxaca de Juárez, Oswaldo García Jarquín, para el desahogo de pruebas dentro del expediente PES/01/2020.

En sesión pública, de acuerdo con un comunicado de prensa, se explicó que se tomó esa resolución en función de que no se había agotado el principio de definitividad, dado que el acuerdo controvertido no causa un perjuicio real, directo e inmediato a los derechos del actor, al ser un acto procedimental que -por sí mismo- no materializó ninguna afectación.

Esto en relación a una solicitud del presidente municipal de la capital oaxaqueña sobre la posibilidad de recabar otro tipo de pruebas, lo que negó el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, acuerdo que impugnó ante el TEEO García Jarquín, y que hoy fue desechado, un tanto porque ya se resolvió el fondo del asunto.

Como se recordará el pasado sábado 28 de noviembre el TEEO determinó que está acreditada la violencia política en razón de género cometida por el Presidente Municipal de Oaxaca de Juárez, y la presidenta honoraria del Consejo Consultivo del Comité Municipal del Sistema de Desarrollo Integral de la Familia, Patricia Benfield López, en contra de Jaqueline Mariana Escamilla Villanueva, en su desempeño como directora del Instituto Municipal de la Mujer del Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez.

Más violencia política en razón de género

En la misma sesión, en el juicio ciudadano con número JDC/90/2020, el Pleno del TEEO resolvió que la Presidenta Municipal de San Jacinto Amilpas ha incurrido en actos reiterados de violencia política en razón de género, en contra de la Regidora de Equidad y Género de ese Ayuntamiento, Mónica Belén Morales Bernal.

En la sentencia se advierte que la autoridad señalada incurrió en conductas omisivas que se traducen en impedimentos materiales para que la actora desempeñe el cargo, y que van dirigidas a privarla de la oportunidad de ejercer sus derechos político electorales de ser votada en su vertiente de acceso y desempeño del cargo.

La Magistrada y los Magistrados del TEEO declararon fundados los agravios contra la Regidora relativos a la privación de presidir la comisión municipal de su área, participar en comisiones vinculadas y omisión del pago de dietas.

“A pesar que este Tribunal ha emitido resoluciones de diversos expedientes teniendo por acreditada la obstaculización por parte de la citada autoridad de no convocar a la actora a sesiones de Cabildo, esta no ha dado cabal cumplimiento a lo que se le ha ordenado en las referidas ejecutorias, actualizando con ello, la repetición del acto reclamado”, expone la resolución.

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