zonadocs.mx / María Fernanda Lattuada
Una omisión legislativa dentro de la Ley de Aguas en el estado de Coahuila, dejaba en vulnerabilidad el acceso al agua potable tanto a las personas en situación de movilidad humana, como a los albergues que las resguardan. Tal fue el caso de la Casa del Migrante de Saltillo, donde Aguas de Saltillo (AGSAL) suspendió el servicio del vital líquido tras un adeudo de casi medio millón de pesos.
A través de una demanda de acción de inconstitucionalidad por omisión legislativa, -sobre el servicio gratuito de agua potable y su cobro sin distinción por la condición de vulnerabilidad que tiene esta población-, la sentencia concluyó con la orden de reformar a favor del trato igualitario, solidario, progresivo y de no discriminación a personas migrantes y los albergues.
Personas académicas y expertas se dieron la tarea de analizar y discutir esta sentencia durante el Observatorio Internacional de Derechos Humanos, llevado a cabo por la Academia Interamericana de Derechos Humanos, donde coincidieron en que esta sentencia debe cumplirse como una decisión apegada a los estándares internacionales en la materia.
Con el objetivo de dar seguimiento, discutir y analizar la obligación del Congreso del Estado de Coahuila sobre legislar y regular el acceso al agua potable a todas las personas en situación de movilidad, personas expertas nacionales e internacionales participaron en la segunda Jornada “El derecho al agua de las personas migrantes” del Observatorio Internacional de Derechos Humanos.
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