Sus argumentos son por “desatención, corrupción, ingobernabilidad, represión, persecución y muerte”. La asamblea fue blindada por la policía estatal y la Guardia Nacional
OAXACA, Oax. (#pagina3.mx).- Con el “blindaje” de los elementos de la Policía Estatal, Guardia Nacional y la observación de funcionarios acreditados de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos CNDH, habitantes del pueblo Ikkots de San Mateo del Mar, decidió revocar el mandato a todos los integrantes del Ayuntamiento presidido por Bernandino Ponce Hinojosa.
En una asamblea comunitaria celebrada este domingo 18 de abril, el pueblo Ikoots (huaves) de San Mateo del Mar destituyó a los integrantes del ayuntamiento por la “desatención, corrupción, ingobernabilidad, represión, persecución y muerte” generado por el presidente municipal, Bernandino Ponce Hinojosa.
La remoción de las autoridades se realizó a través de asambleas comunitarias simultaneas en todo el municipio donde “se citó a audiencia a los integrantes del Ayuntamiento para ser oídos ya sea por propio derecho o por representación legal para que alegaran a lo que su interés conviniera, sin embargo, ningún concejal se presentó a la audiencia comunitaria, por lo que la asamblea declaró la terminación anticipada de mandato de los integrantes del Ayuntamiento de San Mateo del Mar”.
Esta determinación, detallaron a través de un comunicado, es “un mensaje claro a la sociedad, de que el pueblo de San Mateo del Mar, no tiene problemas intercomunitarios o ‘enfrentamiento entre comunidades’, como lo refería el presidente de la república Andrés Manuel López Obrador, en junio de 2020, sino lo que hay es un problema de desatención, corrupción, ingobernabilidad, represión, persecución y muerte”.
El pueblo Ikoots fundamentó su decisión según se establece en los tratados internacionales del que el Estado mexicano es parte, así como el artículo 2º, apartado A, fracciones I, II y III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el sentido de que los pueblos indígenas bajo sus sistemas normativos pueden nombrar a sus autoridades y resolver sus cuestiones internas en ejercicio del derecho de libre determinación y autonomía.
Así como en el artículo 16, 112 y 113, párrafo octavo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca que establece explícitamente el reconocimiento constitucional de la existencia del pueblo ikoots (huave), con personalidad jurídica, jurisdicción indígena y el poder de revocar el mandato anticipadamente a sus autoridades a través de la asamblea general comunitaria, institución ancestral que es parte fundamental de su autogobierno y sistemas normativos internos para el ejercicio de la democracia indígena ikoots.
Cabe recordar que en junio de 2020 se cometió una masacre en la que fueron asesinados y calcinados 15 indígenas Ikoots, entre ellas dos mujeres. El caso sigue en la impunidad absoluta porque no hay ningún detenido, por el contrario, hay familias desplazadas.