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Congreso aprueba convocatoria para elegir Comisionados, Consejo Ciudadano y Contraloría del Órgano de Transparencia

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Jaime GUERRERO

Oaxaca,Oax.(página3.mx) .-Lista la renovación. El pleno de la LXIV Legislatura aprobó la convocatoria para el proceso de selección de las y los 5 Comisionados del “nuevo” Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno de Oaxaca.

Además, de la elección de 5 integrantes del Consejo de Participación Ciudadana, así como de la persona que encabece la contraloría general del órgano de transparencia.


Por aval del pleno, la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información y Congreso Abierto de la LXIV Legislatura tutelará el proceso de selección.


La presidenta de ese órgano legislativo, María de Jesus Mendoza Sánchez, destacó el procedimiento y los riesgos de posibles impugnaciones.


El pasado 28 de julio, con 30 votos a favor, la LXIV Legislatura de Oaxaca aprobó la nueva Ley de Acceso a la Información Pública Transparencia y Buen Gobierno de Oaxaca que, una vez publicada en el diario oficial, el Legislativo, se tendrían 30 días naturales, para iniciar con el proceso de selección de los nuevos comisionados y comisionadas del nuevo Órgano de Transparencia y Buen Gobierno de Oaxaca.


Ese nuevo órgano de transparencia, sustituye al hoy, Instituto de Acceso a la Información Pública de Oaxaca (IAIPO) y aumentará de 3 a 5 los comisionados integrantes.

La previa reforma constitucional y nueva ley que da paso a la extinción y depuración del IAIPO, fue aprobada con el aval de los diputados de Morena, PRI, PVEM, PT e Independientes.

Por única ocasión las y los Comisionados del Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno de Oaxaca, serán elegidos de la siguiente forma:

Una Comisionada y un Comisionado que durará en su encargo tres años, una Comisionada y un Comisionado que durará en su encargo cuatro años; y una Comisionada que durará en su encargo cinco años.

Además, por única ocasión los integrantes del Consejo de Participación Ciudadana, serán elegidos:

Uno y una integrante que durarán en su encargo tres años; uno y una integrante que durarán en su encargo cuatro años; y una integrante que durará en su encargo cinco años.

Para ser designada Comisionada o comisionado, deberán, acredite conocimientos profesionales o técnicos, que permitan garantizar el principio de “profesionalismo” en materia de transparencia, acceso a la información, protección de datos personales o materias afines.

Haber residido en el Estado durante dos años anteriores a la publicación de la convocatoria; contar con experiencia mínima de un año en materia de transparencia, acceso a la información, protección de datos personales o materias afines.

No haber desempeñado un cargo de elección popular federal, estatal o municipal, durante los últimos tres años inmediatos a la fecha de su designación; no haber desempeñado el cargo de secretario o secretaria de la Administración pública Estatal.

De fiscal general, o director o directora general de una entidad paraestatal o paramunicipal durante los últimos tres años inmediatos a la publicación de la convocatoria.

No haber sido dirigente de un comité directivo, ejecutivo o equivalente de un partido político, en el ámbito nacional, estatal o municipal, ni ministra o ministro de ningún culto religioso, durante los últimos tres años inmediatos a la publicación de la convocatoria, y VIII.

No haber desempeñado el cargo de Magistrado o magistrada del Poder Judicial del Estado o integrante del Consejo de la Judicatura durante los últimos dos años inmediatos a la publicación de la convocatoria.

Para ser Contralora o Contralor General deberán contar con cédula profesional preferentemente de licenciado en Derecho, Contaduría; Administración, Economía, Administración Pública, expedida por la autoridad competente cuando menos tres años anteriores a la fecha de publicación.

Haberse desempeñado en actividades de servicio público o académicas, relacionadas con la materia, al menos durante un año; no haber sido condenado por la comisión de algún delito, excepto culposo por tránsito de vehículo, salvo que se haya cometido bajo los influjos del alcohol, de alguna droga o enervantes; y no haber desempeñado en los dos últimos años anteriores al día de su designación el cargo de legislador local o federal, servidor público de mando superior de la Federación, del Estado o de los Ayuntamientos, o haber ocupado algún cargo en un partido Político.

Para ser Consejera(o) Ciudadana(o) deberán haber desempeñado tareas sociales, profesionales, empresariales, académicas o culturales en el Estado que denoten compromiso y conocimiento en materia de transparencia, acceso a la información pública, protección de datos personales y derechos humanos.

No haber sido condenado por la comisión de algún delito excepto culposo por tránsito de vehículo, salvo que se haya cometido bajo los efectos del alcohol, de alguna droga o enervantes y; no haber ejercido cargo de dirigencia partidista nacional, estatal o municipal durante los dos años anteriores al día de su nombramiento.

La Comisión Permanente de Transparencia, Acceso a la Información y Congreso Abierto de la LXIV Legislatura, una vez publicada la convocatoria en el periódico oficial, tutelará el proceso de recepción de documentación, revisión, selección, entrevistas y dictaminación para presentarse ante el pleno el dictamen de los perfiles seleccionados para que con el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes, sean designados.

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