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A Congreso de Oaxaca les tembló la mano o se la calentaron para no sancionar a Murat por violar ley electoral

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El Congreso de Oaxaca solo determinó imponer como sanción el apercibimiento al gobernador Alejandro Murat Hinojosa por violar ley electoral al usar recursos públicos durante veda electoral.

Pedro Matías

OAXACA, Oax. (pagina3.mx).- Con 31 votos a favor, el Congreso de Oaxaca solo determinó imponer como sanción el apercibimiento al gobernador Alejandro Murat Hinojosa por usar recursos públicos durante veda electoral.

De esta forma, el Congreso da cumplimiento a la sentencia dictada el 5 de agosto por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el expediente SRE-PSL-14/2021.

El Congreso de Oaxaca establece un apercibimiento como sanción para Alejandro Murat

El Pleno del Poder Legislativo determinó imponer la sanción consistente en un apercibimiento al titular del Poder Ejecutivo del Estado, para que se abstenga de realizar las conductas que motivaron la sentencia referida, infrinjan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como las disposiciones legales en materia electoral.

En sesión extraordinaria, fue aprobada la sanción sin discusiones ni posicionamientos de los diputados de Morena, ni el PT que son mayoría en el congreso.

Cabe señalar que, en agosto pasado, la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el gobernador de Oaxaca, Alejandro Ismael Murat Hinojosa, difundió propaganda gubernamental en periodo prohibido e hizo uso indebido de recursos públicos.

Y ordenó sancionar a Murat Hinojosa por uso indebido de recursos públicos en un acto realizado el pasado 13 de mayo a través de la plataforma Zoom y difundido en la cuenta de Facebook de la Facultad de Arquitectura de la Universidad Benito Juárez de Oaxaca (UABJO), Murat difundió logros de su gobierno.

En sesión pública y por unanimidad, el TEPJF concluyó que existió difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido atribuida a Alejandro Ismael Murat Hinojosa, gobernador de Oaxaca, por su participación en el acto inaugural del Congreso Nacional 104 de la Asociación de Instituciones de Enseñanza de la Arquitectura de la República Mexicana (Asinea).

Por otro lado, se declaró existente el uso indebido de recursos públicos al quedar demostrado que para la elaboración de una videograbación con imágenes de Oaxaca y de las obras públicas en comento, se utilizaron recursos materiales y humanos de la Dirección General de Comunicación Social y Vocería del gobierno del estado.

Su argumento es que, “si bien la videograbación no se confeccionó exclusivamente para la participación del funcionario público en la inauguración del evento, su reutilización conllevó el uso de recursos materiales y humanos de una oficina gubernamental”.

Para determinar la sanción, la Comisión Instructora, realizó una búsqueda en la Plataforma Nacional Digital del Sistema de Registro de Servidores Públicos Sancionados de la Secretaria de la Función Pública, para constatar si Murat Hinojosa, gobernador de Oaxaca, le ha sido impuesta alguna sanción, misma de la que constató que no ha sido sancionado.

De las constancias que integran el expediente SRE-PSL-14/2021, de la Sala Regional Especializada, no existe ningún elemento probatorio del que se advierta que el gobernador hubiera obtenido un beneficio económico, con motivo de las infracciones electorales cometidas, como inclusive, se señala en la sentencia de fecha cinco de agosto de 2021.

Por tal razón, se instruye al Secretario de Servicios Parlamentarios, notifique el presente acuerdo a la Secretaría de la Función Pública de la Federación y al Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, en cumplimiento a lo ordenado por la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para el registro en la Plataforma Digital Nacional del Sistema Nacional de Servidores Públicos y Particulares Sancionados.

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