ComunicadosDescuentos a sindicalistas, conforme a la Ley: UABJO

Descuentos a sindicalistas, conforme a la Ley: UABJO

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A la comunidad universitaria

A la opinión pública

Nuestra Universidad, como institución pública dotada de personalidad jurídica, está obligada a hacer cumplir las leyes que corresponden al gasto público tal y como se establece, toda vez que depende de los presupuestos federal y estatal, por lo que expone:

  • PRIMERO: Conforme a las disposiciones de la fracción IV, del artículo 31, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todos los ciudadanos mexicanos, tenemos, entre otras obligaciones, la de contribuir al gasto público de manera proporcional y equitativa acorde a las disposiciones legales.
  • SEGUNDO: El Código Fiscal de la Federación (CFF), en sus artículos 1º. y 2º., reitera la obligación que todo ciudadano tiene, de aportar a los gastos públicos. E incluso señala la clasificación de las contribuciones.
  • TERCERO: La Ley del Impuesto sobre la Renta (LIR), en su artículo primero, establece que todas las personas están obligadas al pago de éste (ISR), respecto de todos sus ingresos, principalmente las residentes en México.
  • CUARTO: La Ley del ISR en el artículo 94 del capítulo I, Título IV, especifica los tipos de ingresos por los cuales debe pagarse el impuesto, en los que se incluyen: salarios y prestaciones derivadas de una relación laboral.
  • QUINTO: Esta misma Ley en el artículo 96 del apartado antes mencionado, establece que quienes realicen pagos por los conceptos antes señalados, están obligados a efectuar las retenciones y enteros mensuales del Impuesto Sobre la Renta, los que tendrán el carácter de pagos provisionales a cuenta del impuesto anual.

En este contexto, el Programa de Complemento al Salario para la Evaluación de Calidad y Eficiencia en el Trabajo destinada al Sindicato de Trabajadores y Empleados de esta Casa de Estudios (STEUABJO), establecido en el Convenio del 22 de febrero de 2021, en sus cláusulas cuarta y quinta, está sujeto a este impuesto.

Derivado de lo anterior y en su carácter de empleador, la Universidad efectúa el pago de esta prestación a trabajadores afiliados al Sindicato con motivo de su relación laboral establecida en el Contrato Colectivo de Trabajo y sus respectivos Convenios, por lo que tiene la obligación federal de retener y enterar el ISR, en estricto apego a lo mandatado en las leyes, hecho que se hará constar en el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de nómina que al respecto se les emita.

Por lo que se hace un llamado a las y los trabajadores que han manifestado su inconformidad ante esta situación, a liberar las instalaciones universitarias, para reanudar las actividades académicas y administrativas y seguir cumpliendo con las tareas sustanciales de nuestra honorable institución, líder en la formación de profesionistas en el Estado.

ATENTAMENTE

CIENCIA, ARTE, LIBERTAD

ADMINISTRACIÓN CENTRAL UNIVERSITARIA

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