Congreso de Oaxaca elimina plazo a pueblos indígenas para integrar ayuntamientos paritarios

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Van 9 por coordinación de bancada de Morena y presidencia de Jucopo en Congreso de Oaxaca

Jaime GUERRERO

OAXACA (#página3.mx).- Por mayoría -con la eterna dividida bancada de Morena- la LXV Legislatura, reformó el decreto 1511 mediante el cual que se reformó la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca (LIPEEO) y con ello, retiró el plazo que establecía que la totalidad de los 417 Ayuntamientos que se rigen electoralmente por sistemas normativos internos deberían contar con una integración paritaria (50-50) de forma total en el 2023.

Entre gritos y reproches, votaron a favor, 23 diputados y diputadas de Morena, PT y PVEM; mientras que 14 congresistas del PRI, PRD, PUP, Nueva Alianza y Morena (Horacio Sosa, Concepción Rueda, César Mateos y Sesúl Bolaños) votaron en contra.

Una vez retirado ese plazo, se estableció que para el cumplimiento de los artículos 15, 24, 32 y 52 de la LIPEEO, respecto de la paridad en sistemas normativos internos o indígenas, ésta será gradual.

“El Instituto Estatal, será el responsable de vigilar su cumplimiento y de orientar en la integración paritaria de las autoridades electas de acuerdo a las normas internas de cada municipio, hasta alcanzar la paridad entre mujeres y hombres”, asienta la reforma.

Las diputadas promoventes de la iniciativa fueron Yesenia Nolasco Ramírez, Haydeé Irma Reyes Soto y Nancy Natalia Benitez Zárate.

Al fijar posicionamiento, la diputada de Morena, Concepción Rueda Gómez, calificó la reforma como un grave retroceso a los derechos políticos de las mujeres, por los que han venido luchando desde hace ya muchas décadas, y por lo cual muchas han pagado incluso con su propia vida.

Porque con esta aberración jurídica se atenta contra el principio de progresividad de los derechos humanos, que está relacionado con la estrecha prohibición de retrocesos o marchas atrás injustificadas a los niveles de cumplimiento alcanzados, en este caso por las mujeres.

Destacó que los sistemas normativos indígenas no constituyen, de ninguna manera, un régimen de excepción ni paralelo a nuestra Ley General ni al cumplimiento de los derechos fundamentales que esta establece.

En defensa del dictamen, la diputada de Morena, Nancy Benítez Zarate, destacó que el principal objetivo es conciliar e impulsar el avance hacia la igualdad de género en la integración de los ayuntamientos que se rigen por medio de sus propios sistemas normativos y respetar la forma de organización interna de cada uno de ellos.

Es atender el reclamo de las comunidades indígenas sobre la falta de respeto a sus formas de organización y el respeto a su derecho de votar o ser votados, así como a su derecho a participar o no en la vida política de sus municipios, mismos derechos que se consideran vulnerados por el artículo tercero transitorio que les establecía un plazo para integración paritaria.

Con la modificación, aseguró que se logra conciliar dos principios constitucionales del mismo nivel, con el fin de determinar su coexistencia dentro del sistema jurídico Oaxaqueño aplicando una visión pro persona, para tutelar y garantizar la paridad de genero y el de la libre determinación de los pueblos y comunidades indígenas.

Al fijar su posicionamiento en contra, la diputada del PRI, María Luisa Matús Fuentes, lamentó que las mujeres actúen contra las mujeres. recordó que a la fecha se han logrado el 50 por ciento de la candidaturas, por una larga lucha de 77 años en que logran votar y ser votadas.

También en rechazó, la diputada del PRI, Mariana Benítez Tiburcio, destacó que el congreso mandaría muy mal mensaje aprobando el dictamen que elimina la paridad en sistemas normativos y NO aprobando una lista muy grande de de iniciativas a favor de la paridad en todo.

El congreso en este año legislativo no quizo aprobar la 3 de 3 ni otras iniciativas para defender a la mujeres de la violencia atroz que son las mujeres todos los días, reprochó.

“Seremos incongruentes siendo Oaxaca el congreso con mayor participación política de sus legisladoras. si No ponemos que NO puede haber regresión en materia de paridad estamos clavándole un cuchillo a las mujeres que si quieren participar. Debemos urgir a todas las autoridades que tienen que intervenir no solo es responsabilidad del IEEPCO, es responsabilidad transversal de todas las autoridades”, lanzó.

En defensa de la reforma, Yesenia Nolasco Ramírez, destacó que en el escalafón de cargos de los municipios, son diferentes por cada uno por tanto es real la gradualidad y se llevaría a la simulación.

“Pidió no distorsionar la información y no decir que no ase apoya a las mujeres, porque en Morena se defiende a las mujeres. De paso, Cuestionó que la Secretaria de la Mujer, Ana Vázquez no aporte a la capacitación de los municipios de sistemas normativos.

En contra del dictamen, Horacio Sosa, criticó la reforma y la calificó como una regresión de los derechos políticos de las mujeres al porque la eliminar el plazo y establecer la progresividad, es regresivo.

Lamentó que se ponga de pretexto la pandemia de covid19., sin embargo existen municipios que han avanzado en la paridad y hay mujeres que gobiernan en muchos municipios de Oaxaca.

Haydee Reyes Soto, destaco que las causas se abanderan permanentemente no solo coyuntural, pidió reflexionar y no confundir que se le niega el derecho a la participación de las mujeres.

Aclaró que no es una reforma política o de intereses partidarios. Destacó que en los municipios de sistemas normativos hay realidades que superan las intensiones buenas que puedan haber desde el legislativo que promuevan la participación de las mujeres en los municipios.

Al avalar la reforma, exigió al IEEPCO a realizar acciones de capacitación en los municipios de sistemas normativos sin que las mujeres sean víctimas de violencia simulada porque es una realidad porque hay casos donde mujeres no toman decisiones sin mirar al asesor.

En contra, la diputada de Nueva Alianza, Adriana Altamirano pidió no implementar medidas para evadir la participación política de las mujeres. Refirió que hace 67 años inició una lucha que da paso a la participación de las mujeres y no es justificación que sean indígenas.

Se enfrasco con una dialogo con el diputado Samuel Gurrión y le pidió respetar la lucha de las mujeres.

Agotada la discusión, la presidenta de la mesa directiva, Mariana Benítez Tiburcio, sometió al pleno el dictamen de reforma a la LIPEEO. Entre gritos por votación en tablero y ante imposibilidad, la reforma fue aprobada de forma económica con 23 votos a favor y 14 votos en contra.

En el dictamen, se argumentó que el objetivo es adecuar la normatividad electoral en materia de sistemas normativos internos de Oaxaca, ampliando su derecho a la libre determinación bajo un enfoque internacional y de maximización de sus derechos.

“En específico, que exista un equilibrio respecto a los principios constitucionales de libre determinación de las comunidades indígenas y paridad de género, con el objeto de que no se soslaye la autoorganización de estas”, justifica.

Destaca el dictamen aprobado que dentro de los Ayuntamientos que electoralmente se rigen bajo sus propios sistemas normativos internos, existen diversas características que deben ser tomadas en cuenta para poder determinar su método de elección, por esa razón, deben informarlo al IEEPCO con el fin de que se emita un dictamen que apruebe el Consejo General de dicho organismo, para que sea determinado dicho método; ello, bajo la consulta de los Municipios de que se traten.

Refiere que el método de elección de cada comunidad establece reglas y requisitos que debe cumplir cualquier persona que quiera ocupar un cargo dentro de la Comunidad; para lo cual se establecen la edad, fecha, actos previos, forma de elección, número de asambleas y el sistema de cargos con el que deben cumplir.

El sistema de cargos es el conjunto de servicios que debe prestar una persona de forma escalafonada, para que pueda acceder a un cargo de elección popular, con el fin de que se prepare progresivamente para ocupar las Concejalías, Secretaría Municipal o Tesorería, según sea el caso; esto se debe tomar en cuenta, pues dichos cargos tienen periodo de duración, con el que deben cumplir las personas que integran la comunidad.

Al respecto, para que una persona – sin que exista una distinción de género – pueda ocupar un cargo de elección popular, debió haber pasado por los cargos internos de la Comunidad.

Sin embargo, resulta complicado que exista una integración paritaria, si generalmente existen una mayoría de hombres que han cumplido con dichos cargos, y una cantidad exponencial de mujeres que se encuentran en estos, con el objeto de alcanzar a ocupar otros de mayor rango.

Cabe mencionar que el decreto 1511, establecia que la totalidad de los Ayuntamientos que se rigen electoralmente por sistemas normativos internos deberán contar con una integración paritaria de forma total en el año 2023, fecha en que inicia el siguiente periodo Constitucional para dichas municipalidades; plazo que ha tomado como referencia el Consejo General para fundar sus decisiones.

No obstante, las promoventes de la iniciativa, Nolasco Ramírez, Reyes Soto y Benitez Zárate, consideran que existe una colisión entre los principios de paridad de género y libre determinación de las comunidades indígenas, ambos establecidos en la Constitución Federal y la Local, que, bajo la aplicación del Instituto Electoral, ha primado el de paridad de género sobre el otro mencionado.

Por ello, ambos deben prevalecer por tener la misma importancia jurídica.

Destacan que los principios constitucionales no deben ser sobrepuestos entre sí, con el objeto de que uno prime sobre el otro, sino aplicar ambos en diferentes grados, con el objeto de que persistan; ello, bajo el tamiz de una interpretación pro-persona, realizada de conformidad con el artículo 1 de la Constitución Política Federal.

“Por esta razón, resulta desproporcional que establezca un plazo tan corto de cumplimiento de un principio de forma tajante, sobre comunidades que deben llevar a cabo diversos actos para poder formar parte de la autoridad correspondiente, tomando en cuenta que, para resultar electo en asamblea, por regla general, debe cumplirse con el sistema de cargos de la comunidad, los cuales en promedio cuentan con una duración de un año”, plasmó el dictamen aprobado.