El Montaje de la Obra Pública en el Gobierno de Oaxaca; pozo profundo “fantasma” no aparece en San Antonio de la Cal

-SAPAO da “gato por liebre” a San Sebastián Tutla con la perforación de un pozo profundo con valor de $10.5 millones de pesos que jamás se ejecutó.

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Ma. de los Ángeles NIVÓN / Primera Línea

A prácticamente dos meses para que concluya la administración del gobernador Alejandro Murat Hinojosa en Oaxaca, saltan a la vista diversas irregularidades en la ejecución de la obra pública, desde contratos amañados con empresas “factureras” hasta emulación de obras que jamás se concretaron o bien las cambiaron de lugar violentando la ley de obra pública y pasándose por alto a la 65 Legislatura del Estado.

En la investigación que ahora ponemos a consideración de la opinión pública, se trata de la obra de un pozo profundo que se realizaría en terrenos de sembradío de San Antonio de la Cal y que beneficiaría a los habitantes de San Sebastián Tutla, cuya inversión fue de $10.5 millones de pesos, dinero licitado a una empresa “facturera” Luanda Construcciones que jamás ejecutó dicha obra en el lugar indicado.

Aquí la historia del “montaje” de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Oaxaca (SAPAO):

El 15 de junio de 2020, fue licitada la obra LPE/SAPAO/003/2020 consistente en el equipamiento y ampliación de ramal eléctrico y obras complementarias en San Sebastián Tutla, trabajos que consistirían en la construcción de la línea de conducción, pozo, equipamiento y ramal eléctrico en el sistema de agua potable para el macrosector El Rosario para beneficiar a la localidad.

Aquí es oportuno señalar que en el año 2018 se gastaron $19.5 millones de pesos en la “construcción” de dicho Macro Sector y el cual no se ha puesto en operación hoy en día por falta del ingrediente principal, el agua, por esa razón decidieron ejecutar esta nueva obra.

La cual incluía la ejecución de las siguientes partidas: perforación de pozo Tutla, elaboración de plataforma de bombeo y mampara de control, muro perimetral, tren de descarga, caseta de vigilancia, preliminares, cimentación, estructura superior, herrería, instalación hidráulica.

Así como instalación sanitaria, interconexión a la red de drenaje municipal, instalación eléctrica, acabados, reposiciones y limpieza, línea de conducción, preliminares, excavación, cama de arena, tubería, piezas especiales, piezas sifón, piezas válvula de admisión y expulsión de aire, piezas especiales, rellenos y acarreos, reposiciones y limpieza, acceso a pozo.

Además de la ampliación de línea para electrificación, transición, excavación en ductos, acorde al catálogo, presupuesto y programa de obra que como anexo forman parte integrante de este contrato.

Es importante destacar que dicha licitación estuvo a cargo de la ex directora de SAPAO, Laura Vignon Carreño y la empresa Lauda Construcciones, la única que participó en la licitación y que incumplió con una serie de requisitos que ni la Secretaría de la Contraloría ni el OSFE dieron cuenta de las graves violaciones a la ley de obra pública, lo que más adelante les detallamos.

Para financiar esta obra con un monto de $10.5 millones tuvieron una asignación de recursos de la Banca Comercial, Crédito Santander por $1,000 millones de pesos que en 2019 fuera aprobado por las y los diputados locales mediante el Decreto 809 y Publicado en el Periódico Oficial el 5 y el 18 de octubre, donde también aprueban la creación del “Comité Ejecutivo de Seguimiento al Ejercicio de los Recursos Destinados a los Proyectos de Inversión Pública Autorizados”.

Con dicha fuente de financiamiento y el oficio de autorización F/SPIP/DPIP/CS1000MDP/0179/2020, de fecha 26 de mayo de 2020, emitido por el subsecretario de Planeación e Inversión Pública de la Secretaría de Finanzas, Rubén Adrián Noriega Cornejo, SAPAO inició los trabajos para licitar la obra.

La licitación se realiza en tiempo recortado, el 10 de junio de 2020 visita y junta de aclaraciones, el 15 de junio presentación y apertura de Propuestas Técnicas, el 16 del mismo mes se realiza la apertura de Propuestas Económicas y el fallo lo otorgan el 17 junio y en el mismo día firman el contrato por un monto $10,487,947pesos que incluye el impuesto al Valor Agregado, con un plazo de ejecución del 18 de junio al 31 de diciembre del 2020.

Solo participa la empresa Luanda Construcciones S.A. de C.V., y en todas las actividades interviene la arquitecta Sandra Yescas Hernández, como “observadora” de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC), mientras que el Acta de Fallo participa y firma por la empresa el ingeniero Luis Ángel Yescas Pacheco, ¿serán familiares?

El Comité está integrado por el Gobernador, diversas dependencias, representantes de cámaras de arquitectos e ingenieros, empresariales y no podía faltar el representante del Congreso del Estado que era el vigilante de que todo se hiciera bien con transparencia, rendición de cuentas, seguimiento, etc. No se podía modificar nada sin la aprobación del Comité y sin que pasara por la aprobación del pleno legislativo de San Raymundo Jalpan.

OBSERVACIONES A LA LICITACIÓN

Las bases de la licitación contienen diversos errores, pero solo vamos a señalar el numeral 7.4 de las Bases de la Convocatoria que habla de las retenciones en el apartado Mano de obra Gravable.

Para el entero de esta retención se requiere que el Licitante esté inscrito ante la Secretaría de Finanzas en el Registro de: impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal, debiendo anexar copia de la constancia de no adeudo de dicho impuesto. La cuál no está incluida en la propuesta económica y con eso violenta el Artículo 46-A del Código Fiscal para el Estado de Oaxaca.

En el punto 2. Acreditamiento del licitante en el inciso A) Punto IV. La empresa debió comprobar un Capital Contable mínimo de $5 millones de pesos con base en la Declaración Fiscal de los ejercicios 2018 y 2019 en los formatos electrónicos que genera el SAT más estados financieros auditados de los ejercicios 2018 y 2019, debiendo anexar copia de la Cédula Profesional del auditor y el registro de este ante Hacienda. En este apartado hay presuntas violaciones a la ley que se pueden configurar en delitos.

Declaración 2018

No hay congruencia entre lo manifestado como gastos de operación en el estado de resultados y las deducciones manifestadas en el impuesto sobre la renta de dicha empresa.

Los datos básicos de deducciones vienen vacíos; es decir, una constructora debe tener gastos básicos como teléfono, combustibles, viáticos, sueldos y salarios, honorarios al contador, costo de las fianzas puesto que hicieron obras y a fuerza debieron pagar fianzas de anticipo, cumplimiento y vicios ocultos.

No se registra la depreciación contable por lo que se infla la utilidad del ejercicio y por ende las cuentas de capital para demostrar una fortaleza financiera ficticia. No presentan el acuse de la declaración anual 2018.

Declaración 2019

El acuse de la declaración 2019 que presentan en el apartado “concepto presentado 2” trae la leyenda “estados financieros”, al respecto cabe hacer la aclaración de que el contribuyente no tiene manera alguna de modificar ese apartado al momento de presentar la declaración anual puesto que es un acuse de recibo con cadena y sello digital que emite el Servicio de Administración Tributaria (el cual por cierto no contiene) cuando se envía la declaración en sí.

El concepto 2: “Estados financieros” no es un impuesto declarado ni concepto presentado, se nota claramente la manipulación y alteración de la información presentada en el acuse de recibo de la declaración.

Declara sueldos y salarios solamente a un trabajador a partir de octubre de 2019 y con un salario mínimo mensual. Una empresa que obtuvo casi $10 millones de pesos en contratos no puede darse el lujo de solamente tener un trabajador.

¿Dónde queda el superintendente de obra, el residente, los jefes de frente y en general todos los trabajadores que hicieron las obras? ¿todos estaban en outsourcing? Y de haber sido así el personal no tiene facultades para obligar a la empresa; es decir, si el superintendente de obra o residente de obra firmaron estimaciones, entonces las mismas no son válidas para los efectos legales y administrativos que procedan.

No pagaron emolumentos por lo tanto su Administrador Único trabaja gratis. En el estado de situación financiera de 2018 y 2019 se observa que no realizaron el registro de la reserva legal a que hace referencia la ley general de sociedades mercantiles cuando se tiene utilidad en un ejercicio.

Existen más inconsistencias que para no extendernos anexaremos el informe Contable Fiscal de Luanda Construcciones S.A. de C.V., para que ustedes normen su criterio amables ciberlectores.

En el punto 2. Acreditamiento del licitante en el inciso A) Punto VIII. No acredita copias o pruebas de los trabajos presentados en el currículum de la empresa ni de alguno de sus trabajadores.

En la revisión de Acta Constitutiva y actas de Asamblea en un plazo de 2 años presentan 3 Administradores Únicos y cambian de Socios, los cuales donan a Título Gratuito las acciones, que “personas tan generosas” son: José Manuel Escobar González, Roberto Citlally Velásquez Barrios, Sobet Castillo y Griselda García García y que “afortunados” son Felipe de Jesús Martínez y Gregorio Alejandro Reyes Cruz, Administrador Único en esta licitación, de recibir una empresa con ganancias fabulosas y un capital contable de $7.5 millones de pesos.

En el punto 4. Anexos para contratos a base de precios unitarios, manifiesta que solo podrá subcontratar “El Ramal Eléctrico”, pero no presenta original del documento expedido por la CFE que avale la experiencia y capacidad técnica y económica de la persona que se subcontratará en cumplimiento al Artículo 31 fracción XII de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

Y en el anexo 15 y 15-A no presenta CONSTANCIA DE NO ADEUDO FISCAL expedida por la Secretaría de Finanzas del Estado ni constancia de Registro al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

PROPUESTA DE LUANDA DEBIÓ SER DESECHADA

En conclusión, en la parte evaluada de la propuesta presentada por la empresa Luanda Construcciones S.A. de C.V.; de acuerdo con las bases de la licitación y de las Leyes respectivas la propuesta debió ser desechada y declarada desierta la citada licitación, pero no fue así.

¿Existió falta de capacidad de Laura Vignón Carreño, directora en ese entonces de SAPAO? o ¿simple y sencillamente eran socios la directora y Luanda Construcciones?, ¿qué opinará la CMIC de haber participado como observador y no señalar sendas fallas en la evaluación?

Queda de manifiesto que la empresa alteró su información financiera para alcanzar el capital contable solicitado por lo tanto no tenía la capacidad económica, no acredita la capacidad técnica ni la experiencia e incumple y pone en duda su registro Fiscal en el Estado y al IMSS. Lo que si queda acreditado es que la legalidad, equidad y transparencia no se cumplieron.

Pero como dice el dicho “Palo Dado ni Dios lo Quita”, Luanda Construcciones S.A. de C.V. y Laura Vignón, firmaron un contrato y ahora revisemos el supuesto cumplimiento y ejecución de la obra “ejecutada” para los vecinos del llamado Rosario de San Sebastián Tutla.

EJECUCIÓN DE LA OBRA FRAUDULENTA

La fecha de inicio era el 18 de junio del 2020 pero en los términos del artículo 53 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca, SAPAO se obligó a pagar el 30% de anticipo equivalente a $3.14 millones de pesos al inicio de los trabajos, lo cual no sucedió así, por dicha situación Laura Vignon suscribió el Diferimiento del Programa de Ejecución al Contrato SAPAO/DPE/CS1000MDP/0179/2020, por la entrega tardía del anticipo y las fechas de ejecución quedaron del 4 de julio del 2020 al 15 de enero del 2021.

Aquí vale preguntar: ¿Para qué sirve la evaluación de la capacidad económica de una empresa en las licitaciones? ¿No les piden un capital contable mínimo? Y la Ley lo prevé así dado que muchas empresas no alcanzaban a terminar las obras por falta de solvencia, pero en el caso de Luanda Construcciones que presentó en su declaración anual que contaba con $3 millones de pesos en su cuenta de efectivo y un capital de $7 millones de pesos ¿cómo es posible que no pudiera soportar los gastos de 2 semanas?

Lo que si queda de manifiesto es que la ex directora de SAPAO, Laura Vignon hizo todo lo posible porque la empresa obtuviera el contrato y le dieran su anticipo.

Ahora bien. ¿Dónde se tenía que ejecutar la perforación del Pozo Tutla?

En los terrenos de siembra del municipio de San Antonio de la Cal en las Coordenadas: Latitud 17°2’49.33” N y Longitud 96°42’18.46”, así lo establece el croquis de Macro y Microlocalización. En ese lugar no hay ningún pozo profundo y aquí les presentamos fotos actualizadas del lugar.

SAPAO hizo entrega del sitio de acuerdo con el oficio número SAPAO/DT/DS0/447 /2020 firmado por el director técnico Miguel Ángel Morales y Morales, cumpliendo con el Art. 60 de la Ley de Obras Públicas el 17 de junio a Gregorio Reyes Administrador de Luanda Construcciones.

El 18 de junio del 2020 Luanda Construcciones notifica el inicio de los trabajos a Laura Vignon Carreño y ese mismo día apertura la Bitácora de Obra, Jahaziel Vargas Felipe como Residente de Obra de SAPAO, designado con el oficio número SAPAO/DT/DS0/448/2020 y Gabriel Salas Soriano como Superintendente de Obra y Gregorio Reyes Administrador Único, ambos de la empresa Luanda Construcciones.

Solo que la obra de perforación del pozo profundo no se hizo en el lugar asignado de acuerdo con el contrato, Laura Vignon ejecutó un Proyecto Nuevo diferente a los planos, “permisos” y partidas aprobadas en el Decreto 809 las cuales cambió de manera discrecional y no cumplen con la autorización del Oficio emitido por la Secretaría de Finanzas SF/SPIP/DPIP/CS1000MDP/0179/2020.

Las respuestas del pozo “fantasma” es que reubicaron el punto de perforación a casi 900 metros de distancia del lugar contratado e hicieron lo que llaman una “reposición de pozo”, con la brillantez e inteligencia del equipo de SAPAO, decidieron perforar en el predio del pozo 17 sobre la margen del rio salado o calle de la República 1357, un pozo que en ese momento tenía una aportación de 10 litros por segundo equivalente a llenar en un día 785 tinacos de 1,100 litros.

Es decir, se licitó un proyecto y se construyó otro, pero a medias con el mismo monto de la licitación $10.48 millones de pesos, porque en la nueva obra ¿qué entregaron?, perforación de pozo, elaboración de plataforma de bombeo y mampara de control, muro perimetral, tren de descarga, línea de conducción, cárcamo de rebombeo y lo hicieron el 2 de octubre del 2020. Lo cierto es que en el 2022 la obra no estaba terminada y si pagada al 100%. El Pago del finiquito lo ejecutó Laura Vignon Carreño el 18 de diciembre del 2020 a las 14:43:43 pm de la cuenta de Banorte.

¿Y los demás conceptos que incluía la obra?, como son caseta de vigilancia, preliminares, cimentación, estructura superior, herrería, instalación hidráulica y sanitaria; interconexión a la red de drenaje municipal, instalación eléctrica, acabados, reposiciones y limpieza, línea de conducción, preliminares, excavación, cama de arena, tubería, piezas especiales, piezas sifón, piezas válvula de admisión y expulsión de aire, piezas especiales, rellenos y acarreos, reposiciones y limpieza, acceso a pozo, ampliación de línea para electrificación, transición, excavación en ductos, etc.

No cumplieron. Pero además la obra no funciona, los vecinos de Tutla no tienen agua. Ilusionaron a los vecinos del Rosario de San Sebastián Tutla de que finalmente funcionaría el Macrosector y tendrían suficiente agua, no habría más pipas que comprar, los engañaron.

Lo grave es que la SAPAO violentó la Ley de Aguas Nacionales al no dar aviso del cambio del lugar de la obra a la Conagua y también dejaron fuera al Comité y a los propios diputados que no se dieron por enterados.

Incumplieron la Ley de Obras Públicas para el Estado de Oaxaca Capítulo I Relativo a la Planeación de la Obra, el Capítulo II sobre la programación de la Obra, Capitulo III casi en su totalidad, los Artículos 32, 36 y 41.

Y lo más grave es que no cumple con el Decreto 809 y el Decreto de creación del “Comité Ejecutivo de Seguimiento al Ejercicio de los Recursos Destinados a los Proyectos de Inversión Pública Autorizados del Congreso del Estado”. Cualquier cambio por mínimo que se realizara tenía que ser autorizado por la Comisión de Hacienda del Congreso del Estado y el Ejecutivo a través de la Secretaría de Finanzas y no fue así.

¿La OSFE a cargo de René Fuentes Cruz revisó que se cumpliera con el Decreto 809?, ¿es cómplice?, ¿omiso? o ¿arregla las cosas con aportaciones voluntarias?

¿Y qué hizo José Ángel Díaz Navarro, secretario de la Contraloría?, nada. ¿Lo sabe el gobernador Alejandro Murat Hinojosa?, porque al ser quien preside el Comité debieron informarle.

Esto es solo un pequeño ejemplo del “montaje” en la obra pública, que representa un eslabón de la larga cadena de la corrupción cimbrada en Oaxaca.

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