Tres agentes del INM, un migrante y un guardia son vinculados a proceso por incendio en estación migratoria

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Al dar lectura a la resolución, el juez ordenó al Ministerio Público federal que inicie también una carpeta de investigación por la posible tortura y tratos crueles e inhumanos que se cometieron en contra de personas migrantes en las instalaciones del Instituto Nacional de Migración en Ciudad Juárez

Por Blanca Carmona / La Verdad

La lectura de la resolución del juez que los vinculó a proceso penal por los delitos de homicidio en contra de 40 migrantes y las lesiones a otros 28, pasmó a los cinco acusados por el incendio en las instalaciones del Instituto Nacional de Migración (INM), quienes a través de los gestos en sus caras fueron mostrando preocupación, enojo e incluso, por momentos, ausencia, mientras escuchaban el fallo que los mantendrá en la cárcel.

En una audiencia que se prolongó 12 horas, el juez federal Ernesto Cornejo Ángeles escuchó las declaraciones de los agentes federales migratorios Rodolfo C. de la T. y Daniel G.Y., y la argumentación de sus abogados.

Así como las explicaciones del representante legal de la también agente migratoria Gloria Liliana R. G., de los defensores del guardia de seguridad Alan Omar P.V., y del migrante de Venezuela, Jeison D. C.R.

Los primeros cuatro fueron vinculados por homicidio y lesiones en la modalidad de comisión por omisión, es decir, por presuntamente no cumplir como garantes o responsables de la seguridad de los migrantes que se encontraban en la estación migratoria el pasado 27 de marzo, cuando se generó el incendio, aunque esa era una de sus funciones. También por no ayudar a las víctimas que estaban encerradas bajo llave.

Mientras que el venezolano Jeison fue vinculado por homicidio y lesiones, pero en comisión por acción, pues presuntamente fue una de las dos personas que inició el fuego en el área de detención varonil.

El juez fue vinculando a proceso a uno por uno. Inició con Jeison.

‘¿No tenía otra opción de protesta?’

“¿Deveras no tenía otra opción más que quemar colchonetas?”, cuestionó el juzgador a Jeison tras citar las declaraciones de unos cinco sobrevivientes que narraron haber visto que él arrancó unas cámaras de seguridad, apiló colchonetas y con un encendedor pequeño les prendió fuego.

Uno de los testigos dijo que ese 27 de marzo por la mañana había ingresado a la estación migratoria un grupo de venezolanos, quienes horas más tarde comenzaron a inconformarse por las condiciones de hacinamiento, falta de comida, de agua potable y papel sanitario que existían en las celdas del área varonil del INM.

En un peritaje ordenado por el Ministerio Público se estableció que hubo dos puntos de origen del fuego a una distancia de aproximadamente dos metros.

Previo a la resolución, el abogado público penal que representó al venezolano le informó al juez que el 27 de marzo las autoridades migratorias detuvieron a más de 50 personas y las llevaron a la estación donde ya había decenas de personas; además, denunció que en ese sitio los migrantes estaban incomunicados, sujetos a tratos crueles e inhumanos, sin alimentación, ni agua potable.

Situación que llevó a Jeison a un estado de desesperación prolongado, dijo el defensor, quien le pidió al juez que aplicara una excluyente de responsabilidad por un error invencible, es decir, el venezolano presuntamente actuó bajo la falsa creencia de que no iba a lograr el resultado actual, 40 personas fallecidas y 28 heridos, afirmó al defensor al precisar “concediendo que hubiera sido él quien inicio el fuego”.

“No hay una relación entre la protesta con fuego y la muerte de 40 personas y las lesiones. Esto porque la protesta con fuego no es la conducta adecuada para causar daño”, señaló el defensor de oficio.

El litigante también expuso que Jeison pasó de ser víctima a ser el rostro de la responsabilidad pues estuvo internado por las lesiones sufridas en el incendio y retenido en un hospital del IMSS hasta que se ejecutó la orden de aprehensión; además, inicialmente no contó con asistencia consular.

Sin embargo, al dictar el auto de vinculación el juez fue tajante al señalar que en la historia hay otros ejemplos de protesta, desde casos como el de Nelson Mandela y Mahatma Gandhi que dieron origen a cambios políticos.

Refirió que seguramente Jeison no tenía la intención de provocar muerte y lesiones, pero sin ser perito podía haber previsto que al iniciar un fuego existía el riesgo de que se propagara y de que alguien resultara dañado.

El acusado guardó silencio.

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