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La investigación es sólida para condenar a Cajiga; Juez solo ordenó reponer audiencia, afirma Iruegas

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Jaime GUERRERO

OAXACA (#pagina3.mx).- El Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción, Jorge Emilio Iruegas Álvarez, desmintió las versiones, respecto a que Gerardo Cajiga Estrada, ex tesorero de Gabino Cué Monteagudo, podría salir libre y absuelto del delito de peculado, por presuntamente no haber tutelado el juicio de forma correcta.

Por el contrario, consideró que tienen los elementos jurídicos y una investigación sólida, para que sea condenado en su momento.

Cajiga Estrada, junto con también el ex secretario de Finanzas, Enrique Arnaud Viñas, fueron arrestados el pasado 19 de septiembre del 2017 y son investigados por el desvío de 100 millones de pesos, los cuales fueron suministrados indebidamente por la dependencia que estuvo a su cargo a los Servicios de Salud de Oaxaca.

Cajiga Estrada fue secretario de Finanzas de diciembre de 2010 a abril de 2013, durante un período del sexenio del exgobernador Gabino Cué Monteagudo. Actualmente Cajiga Estrada, enfrenta el proceso en su contra, en prisión domiciliaria.

Iruegas Álvarez, se dijo extrañado que se ventile en medios de comunicación el supuesto gane de amparo por parte de Cajiga Estrada, cuando el amparo para efectos se resolvió hace tres semanas.

Aclaró a Cajiga Estrada, e otorgaron el amparo para efectos de que se reponga la audiencia nuevamente. “Es decir es un amparo de forma y no se entró al fondo del asunto, no se analizó si la investigación es sólida o no, no se analizó si Cajiga es o no responsable”, asentó.

Sostuvo que el proceso sigue su curso como hasta ahora. “En mi opinión aunque estamos en el plazo de investigación aún, considero q tenemos los elementos jurídicos así como una investigación sólida para que sea condenado en juicio en su momento”, recalcó.

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Incluso, agregó, si no se hubiera presentado el recurso de revisión. El único efecto es que se lleve a cabo la audiencia otra vez y seguramente se le volvería a vincular a proceso.

No obstante, se presentó el recurso de revisión a la desicion del juez de amparo, explicó.

Explicó que el Juez consideró como motivos para ordenar la reposición de la audiencia, que la misma se llevó en una secuencia distinta a una jurisprudencia de la corte.

“Sin embargo esa jurisprudencia es de diciembre y la audiencia se celebró en septiembre por tanto no era obligatoria”, afirmó, el Fiscal Anticorrupción.

Además que técnicamente no solo está incorrecta la apreciación de esa jurisprudencia sino que en la especie no se le violento ningún derecho fundamental a Cajiga, declaró, Iruegas Álvarez.

El otro tema que aborda el Juez, es qué se leyó en la audiencia. Situación que carece de sustento. Yo mismo lleve la audiencia y se puede apreciar mi participación. Pero más allá de eso la lectura no violenta la oralidad, puntualizó.

Así que el juez de amparo, a su consideración, resolvió de forma incorrecta. Y por eso se interpuso la revisión a esa decisión.

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