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Aprueban en Oaxaca, 14 años de cárcel a quien difunda pornografía infantil en redes sociales

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Jaime GUERRERO

El Congreso de Oaxaca aprobó reformas al Código Penal del Estado para sancionar acciones de violencia sexual, ampliando la protección a infantes y adolescentes.

Se impondrán de 9 a 14 años de prisión y multa de 700 a 900 veces el valor de la Unidad de Medida de Actualización (UMA) a quien difunda contenido de índole sexual en las redes sociales

El pleno de la LXIV Legislatura reformó a la Fracción I del Artículo 195 del Código Penal para el Estado de Oaxaca.

Será delito de pornografía infantil a quien utilice medios digitales y/o redes sociales para que menores de edad realicen actos sexuales o de exhibicionismo corporal de índole sexual.

De este modo, el Poder Legislativo atiende la advertencia del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF).

Señala que los avances y penetración de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), desafortunadamente también plantean nuevos riesgos y canales para la comisión de violencia.

La reforma protege a infantes y adolescentes que al estar en proceso de formación y desarrollo, mantienen una relación de mayor dependencia con otras personas.

Ello implica una frecuente violación de sus derechos, poco visible en relación con otros sectores de la población.

Según estadísticas oficiales, a nivel nacional el 25 por ciento de las y los adolescentes entre 12 y 17 años experimentó alguna forma de ciber-acoso.

Mediante el envío de spam o virus, videos o imágenes con contenidos sexuales o agresivos, así como mensajes con insultos, amenazas, intimidación o cuestiones incómodas.

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