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Reactiva Semaedeso el Comité Técnico para la Acreditación de Auditores Ambientales en Oaxaca

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  • Con instrumentos de políticas públicas, el Gobierno del Estado garantiza el cumplimiento de la normatividad ambiental en el territorio oaxaqueño

Tlalixtac de Cabrera, Oax. 1 de marzo de 2021.– Con el objeto de avalar a personas físicas y morales interesadas en obtener la acreditación y registro como auditores ambientales, la Secretaría del Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable (Semaedeso) realizó la reinstalación del Comité Técnico para la Acreditación de Auditores Ambientales en el Estado de Oaxaca.

En calidad de presidente del Comité Técnico, el titular de la Semaedeso, Samuel Gurrión Matías, consolida instrumentos de política pública que garanticen el cumplimiento de la normatividad ambiental, como lo es el Programa Estatal de Auditoría Ambiental, como mecanismo de autorregulación voluntaria, fortaleciendo la protección al medio ambiente dentro de la administración del gobernador, Alejandro Murat Hinojosa.

El subsecretario de Normatividad Ecológica y Gestión Ambiental de la Semaedeso, José Ernesto Ruiz López condujo la sesión y explicó que en seguimiento a las actividades derivadas del Programa Estatal de Auditoría Ambiental, es importante contar con instrumentos jurídicos y técnicos, fundamentales para la correcta ejecución del Programa, motivo por el cual se realizó la reinstalación del Comité Técnico.

Posteriormente, el funcionario realizó la toma de protesta a los integrantes del Comité, el cuál se encuentra conformado por investigadores, académicos y representantes de la sociedad civil.

De esta forma se da cumplimiento a lo establecido en la Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca y su Reglamento en materia de Autorregulación y Auditoría Ambiental, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 5 de septiembre de 2020.

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Cabe destacar que la reinstalación se realizó con fundamento en los artículos; 38 BIS 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 45 fracciones II y III de la Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca y 36, 37, 38, 39, 40 y 41 del Reglamento de la Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca en materia de Autorregulación y Auditoría Ambiental.
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