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Sala Superior da palo a TEEO y Sala Xalapa; garantiza derechos de indígenas, afros, personas adultas mayores, discapacitadas y jóvenes

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Jaime GUERRERO

Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio paló a las sentencias de la Sala Regional Xalapa y del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO).

Confirmó las acciones afirmativas establecidas en los Lineamientos aprobados por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) a favor de indígenas, afromexicanos, adultos mayores, personas con discapacidad y jóvenes.

La Sala Regional Xalapa y TEEO habían validado la revocación parcial de esos lineamientos.

El pasado 1 de diciembre de 2020 se emitió la declaratoria de inicio del proceso electoral 2020-2021 en Oaxaca. El 4 de enero de este año el Consejo General del IEEPCO emitió los lineamientos para el registro de candidaturas, que fue impugnado por el PT.

Los lineamientos favorecen a grupos vulnerables como indígenas, afromexicanos, adultos mayores, personas con discapacidad y jóvenes, con la finalidad de mejorar su calidad de vida y compensarlos por los perjuicios sufridos en la historia de nuestro país.

Establecen que en cada segmento de competitividad se postule 35% de candidaturas de personas indígenas y/o afromexicanas; 5% a favor de personas con discapacidad permanente física o sensorial; 10% a favor de las personas mayores de 60 años, así como las y los jóvenes.

A la impugnación del PT, el TEEO revocó el Acuerdo del IEEPCO y pese a la impugnación, la Sala Regional Xalapa del TEPJF confirmó la sentencia del TEEO de revocar las medidas.

No obstante, al realizar el análisis del caso, las magistradas y los magistrados de esta Sala Superior consideraron fundados los argumentos para revocar ambas sentencias, y dejar la validez de las acciones afirmativas, toda vez que las acciones implementadas no constituyen una modificación sustancial, pues el inicio de las campañas será, para la elección de diputaciones el 24 de abril y para la de ayuntamientos el 4 de mayo, es decir, la autoridad electoral y los partidos cuentan con tiempo suficiente para su implementación concreta.

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Con ello, se confirmó el Acuerdo del IEEPCO, el cual deberá llevar a cabo todos los actos necesarios y pertinentes para el cumplimiento inmediato de esta sentencia, a lo cual quedan vinculados partidos políticos, coaliciones y candidaturas comunes.

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