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En modo “home office”, Congreso de Oaxaca aprueba Supremacía Constitucional para blindar reformas de la 4T

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Jaime GUERRERO

En sesión extraordinaria virtual -desde sus casas, oficinas y algunos desde sus coches- diputados del Congreso de Oaxaca, aprobaron por unanimidad, la minuta de reforma constitucional en materia de inimpugnabilidad enviada por el Congreso de la Unión.

La sesión inició a las 6 horas de este jueves y en menos de 22 minutos, con 38 votos a favor de las bancadas del PRI, PAN, PRD, Morena, PT, PVEM, y las diputadas de Nueva Alianza y PUP, se aprobó en lo general y en lo particular la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma la Carta Magna en materia de inimpugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución federal, remitida por el Congreso de la Unión.

La iniciativa fue propuesta por el ex presidente, Andrés Manuel López Obrador, a manera de blindar las reformas estructurales del régimen de gobierno de la 4T.

Con Oaxaca, van 11 Congresos estatales que la aprueban.

En la sesión no hubo mayores discusiones ni mucho menos posiciones en contra.

El presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), Sergio López Sánchez, celebró la aprobación de esta reforma al considerar que con ello se garantizará la “supremacía constitucional”, a fin de que sea la Carta Magna la que rija el actuar de los tres poderes del país. “Nada ni nadie por encima de la Constitución”, señaló.

La presidenta de la Comisión Permanente de Estudios Constitucionales, Liz Hernández Matus, afirmó que “no le compete al Poder Judicial impedir los cambios constitucionales ni modificar la voluntad soberana del pueblo a través de los mecanismos diseñados precisamente para la defensa del orden constitucional”.

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Con lo aprobado, se modifica el artículo 107 y se agrega un quinto párrafo al artículo 105 de la Carta Magna, para establecer que “son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a la Constitución”.

Asimismo, que “no procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a la Constitución”.

Por lo tanto, quedó decretado en el artículo 107 constitucional que “las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo solo se ocuparán de personas quejosas que lo hubieren solicitado, limitándose a ampararlas y protegerlas, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda.

Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las sentencias que se dicten fijarán efectos generales. No procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a esta Constitución”.

En el transitorio segundo se estableció además que los asuntos que se encuentren en trámite deberán resolverse conforme a las disposiciones contenidas en el decreto aprobado.

También las y los diputados de Oaxaca, aprobaron por unanimidad la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 4o. y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de bienestar.

La reforma aprobada establece el derecho constitucional de toda persona a disfrutar de vivienda adecuada; plantea la obligación de la Federación y las Entidades Federativas de garantizar la entrega de una pensión no contributiva a las personas con discapacidad permanente menores de 65 años, mientras que a todas las personas mayores de 65, corresponderá una pensión no contributiva de adultos mayores.

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Asimismo, plantea la obligación del Estado de garantizar la rehabilitación y
habilitación de personas con discapacidad permanente, priorizando a los menores de 18 años; y propone que se entregará un jornal permanente a campesinos que cultiven sus tierras con árboles frutales, maderables y especies que requieren ser procesadas; un apoyo anual directo y fertilizantes gratuitos a productores de pequeña escala, un apoyo anual directo a pescadores de pequeña escala y se
mantendrán precios de garantía para maíz, frijol, leche, arroz y trigo harinero.

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