Hizo notar que los contribuyentes que coticen en Bolsa deberán enviar sus archivos mensuales dentro los primeros 3 días hábiles, al segundo mes posterior al trimestre que corresponda.
Adicionalmente dijo que los contribuyentes deben tener la posibilidad de generar información electrónica de sus pólizas contables y auxiliares para entregarla al SAT, sólo cuando:a) El SAT ejerza facultades de comprobación directamente al contribuyente o a terceros relacionados (compulsas).
Expuso que el catálogo de cuentas, deberá enviarse por primera vez junto con la balanza de comprobación y cuando se modifiquen o adicionen las cuentas de mayor o las subcuentas que fueron reportadas.
b) El contribuyente solicite una devolución o realice una compensación.
El funcionario precisó que para dar cumplimiento formal al ingreso mensual de información contable, los contribuyentes obligados, únicamente deberán enviar la Balanza de Comprobación y el Catálogo de Cuentas con el código agrupador del SAT que permita su interpretación.
Fuente: http://www.noticiasnet.mx/portal/oaxaca/general/economia/326534-contabilidad-electronica-70-mil-contribuyentes-sat
