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Administradores municipales son inconstitucionales y rompen con principios democráticos: IEEPCO

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Jaime GUERRERO

OAXACA (#pagina3.mx).- Para el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), la figura del Administrador Municipal es inconstitucional, se ha desvirtuado y rompe con los principios democráticos de las y los oaxaqueños de votar y ser votados en una elección constitucional.

A la fecha son 16 los conflictos postelectorales de la elección de 2013 que prevalecieron durante el trienio que culminará en 4 meses y fue con nombramientos trimestrales como la LXII Legislatura logró mantener durante toda la gestión a administradores en ayuntamientos en conflictos sociales, políticos y electorales.

Luego de que la LXII Legislatura reformara la Constitución para devolverle al Gobernador la facultad de designar Consejos y administradores municipales, el consejero presidente del órgano electoral, Gustavo Meixueiro Nájera, recordó que la figura de administrador municipal ha sido valorada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Concedió que esa figura aparece en la Constitución de Oaxaca, cuyo objeto es generar las condiciones para desarrollar elecciones en aquellos municipios en donde no se pudo realizar la elección por condiciones políticas y sociales adversas a la comunidad o por situaciones extraordinarias.

Sin embargo la Constitución establece un periodo de tres meses para que el administrador realice su trabajo y generar las condiciones de estabilidad para dar paso a los comicios.

Para el titular del IEEPCO, la figura del administrador municipal se ha desvirtuado del propósito establecido en la constitución local.

Meixueiro Nájera dijo que lo ideal es que la comunidad y asamblea elijan a las personas que llevarán a cabo la toma de decisiones en el Ejecutivo Municipal, es decir que elijan al presidente y cabildo municipal mediante el voto universal y secreto.

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“Eso es lo que debe de prevalecer. Todas instancias que estamos involucradas en la elección de autoridades y cargos de representación popular debemos hacer prevalecer el derecho a votar y ser votados en elecciones constitucionales”, apeló.

El consejero presidente del IEEPCO, lamentó que al paso de los años, la figura del administrador que tenía por objeto generar las condiciones políticas y sociales de estabilidad para que la comunidad encontrara la mejor forma y permitir la realización de las elecciones municipales, ha venido desvirtuándose.

“Existen incentivos negativos que originan que en lugar que los administradores se dediquen a éstos trabajos, opten por hacer gestiones, necesarias para las comunidades, fuera del objeto primordial o marcado en la constitución local”, asestó.

Meixueiro Nájera, puntualizó que la SCJN la figura de administrador municipal, es contraria al pacto federal.

 

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