En comisiones, el Senado aprobó la ley nacional de ejecución penal, por lo que al momento de entrar en vigor las personas que hayan sido sentenciadas por delitos denominados “robos de hambre”, así como las mujeres que hayan sido sentenciadas por posesión de mariguana podrán obtener su libertad de inmediato.
Además se obliga a estados, municipios y a la federación a que a las mujeres privadas de su libertad se encuentren en espacios que reúnan las condiciones para su reclusión.
Se abre un apartado especial para los hijos de las mujeres en prisión, se establecen obligaciones y prohibiciones a las que estarán sujetos los reos, y se obliga a contar con el servicio de defensoría pública.
Ciudad de México.
En el dictamen, aprobado por unanimidad, se indica que debe considerarse la reducción del uso de la prisión y su aplicación sólo para reincidentes, delitos graves, delincuencia organizada o cuando otras medidas no aseguren la adecuada construcción del proceso penal.
Fuente: http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2016/04/21/aprueba-el-senado-ley-de-ejecucion-penal
