ComunalidadCalifica IEEPCO elecciones de sistemas normativos indígenas

Califica IEEPCO elecciones de sistemas normativos indígenas

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En sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) calificó como jurídicamente válidas las elecciones ordinarias de diversos municipios que se rigen por su sistema normativo indígena.

Esto, al determinar que se cumplieron con las normas comunitarias, que la autoridad electa obtuvo la mayoría de votos, que se garantizaron derechos fundamentales, se cumplió con el principio de universalidad del sufragio, así como con la participación de mujeres y su acceso a cargos de elección popular.

En los acuerdos, se vinculó a las autoridades electas, a la asamblea general y a la comunidad para que fortalezcan la participación de las mujeres en sus próximas asambleas y apliquen el principio de progresividad.

Esto representa que las mujeres accedan a un mayor número de cargos en su cabildo hasta alcanzar la paridad, en concordancia con sus contextos socioculturales y sus propias formas de organización comunitaria.

Lo anterior para garantizar el derecho de votar y ser votadas en condiciones de igualdad, universalidad y libre de violencia, y así dar cumplimiento con lo establecido en la Constitución Federal y los tratados internacionales.

Los municipios con elección validada son Santiago Lalopa, Santiago Zoochila, San Vicente Lachixío, San Antonino El Alto, San Pedro Mixtepec, San Pedro Nopala y San Agustín Yatareni.

También San Miguel Amatlán, Tlalixtac de Cabrera, San Bartolomé Quialana, San Pedro Tidaá, Teococuilco de Marcos Pérez, San Juan Yatzona y Capulálpam de Méndez.

Finalmente, San Baltazar Yatzachi el Bajo, San Miguel Huautla, Teotongo, San Francisco Nuxaño, Villa Díaz Ordaz, Santa Ana Yareni y Santiago Laxopa.

En la misma sesión se aprobaron los acuerdos para identificar los métodos de elección de los municipios de Eloxochitlán de Flores Magón, San Jerónimo Sosola.

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Respecto al municipio de Santa María Peñoles, en el acuerdo aprobado, se especifica que corresponderá a la asamblea general comunitaria resolver sobre cualquier posible cambio a su método de elección, por lo que quedan vigentes las reglas actuales de su sistema normativo.

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