Este tipo de justicia accesible, así como completa y restaurativa, encuentra su mayor apoyo en el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, que incorpora la consulta, la participación y la autodeterminación.
*Consejero de la Judicatura Federal de 2009 2014“La precariedad de las condiciones de vida de los indígenas ha llevado a que éstos no gocen plenamente de sus derechos”
Sin embargo, para hacer eficaz el cumplimiento de ese instrumento, es muy relevante incorporar “servicios gratuitos de defensoría” para los integrantes de los pueblos indígenas que no tengan los medios económicos para procurárselos, más allá del supuesto en que la mera libertad física está en juego.
Para alcanzar los mejores frutos que nos confiere esa compleja y rica identidad común, la creación de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas favorecerá de manera decidida para que la ciudadanía indígena contribuya no sólo a su propia felicidad y prosperidad, sino también a la de toda la Unión, de manera incluyente, generosa y ante todo justa.
Por esa razón fundamental, nuestros pueblos indígenas poseen autonomía para decidir sus formas internas de convivencia y de organización política, de manera que pueden elegir —de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales— a sus autoridades y representantes para el ejercicio de sus propias formas de gobierno.
Fuente: http://www.noticiasnet.mx/portal/oaxaca/opinion/331971-defensoria-publica-electoral-hacia-plena-ciudadania-indigena
