La decisión se basa en la aplicación de la reforma de la Ley de jurisdicción universal, que entró en vigor en 2014.
La Audiencia Nacional acordó a principios de este año el sobreseimiento de la causa, pero la acusación particular recurrió el pronunciamiento al Supremo.
El alto tribunal ha rechazado levantar el archivo de la sentencia al aplicar al caso la última reforma de la jurisdicción universal, que entró en vigor el año pasado.
El Tribunal Supremo ha confirmado este miércoles la sentencia dictada por la Audiencia Nacional que sobreseyó la causa por supuestos delitos de genocidio, tortura, terrorismo y crímenes contra la humanidad en Ruanda y Congo, durante la década de los noventa del siglo pasado.
Una vez archivado el procedimiento, si en un momento posterior se constata que concurren los requisitos para activar la jurisdicción española, como la presencia de los acusados en España, el procedimiento deberá reiniciarse.
Fuente: http://elpais.com/politica/2015/10/07/actualidad/1444217119_670141.html
