Justicia sin fecha de caducidad: Oaxaca entierra el límite de 60 días para castigar el homicidio
El Congreso deroga una norma «obsoleta» que permitía a los agresores evadir condenas de homicidio si la víctima resistía más de dos meses.
Por Jaime GUERRERO
1 de Abril, 2026 | San Raymundo Jalpan
El Cronómetro de la Impunidad
Si la lesión causaba la muerte después de 60 días, el agresor podía evitar cargos por homicidio. La ley premiaba indirectamente la eficacia de los esfuerzos médicos.
El Triunfo de la Verdad Técnica
El nexo causal queda determinado por la pericia médica y los hechos, no por el calendario. Nadie podrá beneficiarse del avance científico para salvar vidas tras un ataque.
El pleno del Congreso de Oaxaca ha eliminado este miércoles uno de los vestigios más arcaicos de su sistema judicial. Al derogar la fracción II del artículo 286 y modificar el 287 del Código Penal, los legisladores pusieron fin a la regla de los 60 días para calificar una lesión como mortal en casos de homicidio.
La iniciativa, presentada por la diputada Analy Peral Vivar (Morena), presidenta de la Comisión de Procuración de Justicia, argumentó que la norma vigente resultaba injusta al fijar un plazo arbitrario. Con esta decisión, se impide que quienes cometen un atentado contra la vida humana se vean beneficiados legalmente por los esfuerzos sobrehumanos del personal médico para prolongar la existencia de la víctima.
«La justicia no puede tener fecha de caducidad cuando se trata de la vida humana. El tiempo no es determinante para saber si una lesión causó la muerte; lo es el nexo causal documentado por la ciencia.»
Un Cambio Dictado por la Ciencia
Peral Vivar explicó que esta regla surgió en un contexto histórico donde la medicina no permitía prolongar la vida tras lesiones severas. Sin embargo, los respiradores artificiales y las terapias intensivas modernas habían convertido este límite legal en un refugio para la impunidad. La reforma se alinea ahora con criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y el Código Penal Federal.
! Módulo AMI: La Ley y el Cronómetro
1. Impunidad Técnica
Antes, si un agresor disparaba a alguien y la víctima moría en el hospital al día 65, el abogado defensor podía argumentar que ‘ya no era homicidio’ bajo el Código de Oaxaca. Esta arbitrariedad técnica acaba de ser borrada.
2. El Poder del Perito
Con esta reforma, la responsabilidad recae en el médico legista y los peritos. Ellos deben demostrar que la muerte fue consecuencia directa del ataque, sin importar si pasaron días, meses o años entre la lesión y el deceso.
