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Independientes a gobernador, podrán gastar 6.2 mdp para buscar apoyo ciudadano

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Jaime GUERRERO

 

OAXACA (#pagina3.mx).- El Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), determinó establecer que el tope máximo de gastos para recabar el apoyo ciudadano para los candidatos independientes a Gobernador será de 6 millones 282 mil 470.84 pesos; para diputados de mayoría relativa 2 millones 584 mil 372.90 pesos; y para concejales a los ayuntamientos 1 millón 634 mil 500.06 pesos.

La determinación de los topes máximos de gastos de precampañas para las y los aspirantes de candidaturas Independientes a Gobernador del Estado, Diputados por el Principio de Mayoría Relativa y Concejales a los Ayuntamientos, del Proceso Electoral Ordinario 2015 – 2016, será el resultado de aplicar el diez por ciento que establece el artículo 374, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de los topes de campaña inmediatos anteriores, según la elección de que se trate lo anterior en relación con lo estipulado en los artículos 15 y 16 de los Lineamientos en materia de candidaturas independientes.

El tope máximo de gastos de campaña para la elección de Gobernador del Estado, determinado mediante acuerdo del Consejo General de órgano electoral en sesión extraordinaria de fecha veintitrés de febrero del dos mil diez, fue de 62 millones 824 mil 708.47 pesos.

De igual forma, los topes máximos de gastos de campañas para las elecciones de Diputados por el principio de mayoría relativa y Concejales a los Ayuntamientos que se rigen por el sistema de partidos políticos, determinador mediante acuerdo número CG-IEEPCO-20/2015, dado en sesión ordinaria de fecha veinticinco de febrero del dos mil trece, fue de 25 millones 843 mil 729 pesos y 16 millones 345 mil pesos, respectivamente.

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Así entonces, los topes de gastos que las y los aspirantes podrán erogar para la obtención del apoyo ciudadano para las elecciones de Gobernador del Estado, Diputados por el principio de Mayoría Relativa y Concejales a los Ayuntamientos, para el Proceso Electoral Ordinario 2015-2016, será el resultado de la operación aritmética aplicada respecto del diez por ciento de los topes máximos de campaña de las elecciones referidas en los Procesos Electorales Ordinarios 2010 y 2013.

Cabe destacar que como resultado de la operación aritmética efectuada en cada Distrito Electoral y los Municipios que se rigen por el sistema de Partidos Políticos, el Consejo General obtuvo los topes de gastos que las y los aspirantes podrán erogar para la obtención del apoyo ciudadano en los veinticinco Distritos Electorales Locales y los ciento cincuenta y tres Municipios.

Estos topes varían en cada distrito y municipio.

 

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