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Leyes de extinción de dominio, sólo en delitos del orden común — La Jornada

14/04/2016 · Agencia Informativa Conacyt

En tanto que, el ex procurador fiscal, Javier Laynez Potisek se sumó a la mayoría integrada por el ministro presidente Luis María Aguilar Morales, Fernando Franco, Arturo Zaldívar y José Ramón Cossío.
La confusión motivó que se aplazara la discusión para el próximo lunes.
Después, la discusión del pleno se centró en el artículo quinto, párrafo quinto de la ley impugnada en razón de que, para algunos ministros, la norma es poco clara en cuanto al destino de los recursos obtenidos mediante la extinción de dominio.
Los estados del país están facultados para emitir leyes de extinción de dominio, siempre y cuando se refieran a delitos del orden común, estableció en votación dividida (6-4) el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el cual precisó que en lo que se refiere a los delitos del orden federal, el tema es de competencia exclusiva del Congreso de la Unión.
Ciudad de México.


Fuente: http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2016/04/14/leyes-de-extincion-de-dominio-solo-en-delitos-del-orden-comun

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