DestacadasPAN va por reforma para acotar temporalidad de  encargad@s de...

PAN va por reforma para acotar temporalidad de  encargad@s de despacho en Secretarías de Gobierno de Oaxaca

-

 

Jaime GUERRERO

 

OAXACA, Oax. (pagina3.mx).-El Partido Acción Nacional (PAN)  en la LXV Legislatura, va por una reforma a la ley orgánica del Poder Ejecutivo, para obligar al Gobernador de Oaxaca a que, en un plazo de 30 días naturales, ratifique a la o el encargado de despacho o designe en su caso a un nuevo titular de una Secretaría de Gobierno. 

 

El objetivo es que exista un responsable directo de las acciones que el ejecutivo realice y no esperar respuestas en destiempo, la ciudadanía exige prontitud y eficacia. Que la excepción no sea la regla.

 

La iniciativa con proyecto de decreto, fue presentada por la coordinadora del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN), Natividad Díaz Jiménez.

 

En la exposición de motivos, destaca que en Oaxaca, la composición de los integrantes en las entidades y dependencias de gobierno muestran claramente una transformación que trasciende el simple crecimiento de las áreas bajo el mando del jefe del Poder Ejecutivo.

 

Los cambios de quienes han sido titulares o encargados de las dependencias o entidades desde siempre han sido responsabilidad del Gobernador, en algunos momentos correspondió a legislaturas anteriores la ratificación a la designación llevada a cabo por el gobernador en turno, de esta manera se correspondía a un ejercicio de pesos y contrapesos.   

 

Díaz Jiménez, lamentó que en la glosa de este quinto informe de gobierno, quienes integran el congreso se percataron que comparecieron encargadas de despacho, mujeres que tiene sin lugar a dudas capacidad para estar al frente de las mismas, no existe fundamento alguno para que suceda lo contrario. 

TE PUEDE INTERESAR  Balean al presidente municipal de Miahuatlán y a trabajador de Obras Públicas

 

La panista reconoció que la ley orgánica del poder ejecutivo señala que el gobernador podrá nombrar a encargados de despachos cuando los titulares por alguna razón decidan separarse del cargo. 

 

El Artículo 29 de la ley orgánica del poder ejecutivo, establece que los titulares de las Dependencias y Entidades, para el cumplimiento de sus atribuciones se auxiliarán de los servidores públicos previstos en las leyes, reglamentos, decretos o acuerdos respectivos y conforme al presupuesto de egresos autorizado.

 

Cuando el titular de alguna de las dependencias se ausente de sus funciones por más de un día y menos de quince días hábiles, se encargará del despacho de los asuntos, el subsecretario o funcionario que determine el Reglamento Interno correspondiente.

 

Ante la falta del titular de la Dependencia o Entidad, el Gobernador del Estado podrá nombrar un encargado del despacho. 

 

Aun cuando el Gobernador en turno, tiene la facultad de nombrar encargados de despacho, advirtió que en el caso no existe un tiempo determinado para que permanezcan con tal calidad, lo que sin lugar a dudas genera incertidumbre para las personas encargadas de despacho como para lo propia ciudadanía.

 

Propuso entonces una reforma al párrafo tercero del artículo 29 la ley orgánica del poder ejecutivo de Oaxaca. Para quedar de la siguiente manera: 

 

Artículo 29.- Los titulares de las Dependencias y Entidades, para el cumplimiento de sus atribuciones se auxiliarán de los servidores públicos previstos en las leyes, reglamentos, decretos o acuerdos respectivos y conforme al presupuesto de egresos autorizado.

 

Cuando el titular de alguna de las dependencias se ausente de sus funciones por más de un día y menos de quince días hábiles, se encargará del despacho de los asuntos, el subsecretario o funcionario que determine el Reglamento Interno correspondiente.

TE PUEDE INTERESAR  Sheinbaum advierte que ningún gobierno extranjero ni corruptos de antes arrebatarán la Transformación al pueblo de México

 

Ante la falta del titular o la titular de la Dependencia o Entidad, el Gobernador o Gobernadora del Estado, podrá nombrar por única ocasión a un encargado o encargada del despacho por un periodo no mayor a 30 días naturales, una vez concluido dicho plazo, se tendrá por ratificado al encargado o encargada de despacho con el nombramiento de secretaria o secretario de la dependencia o entidad que corresponda.

Últimas noticias

A dos años y medio de su detención por protestar contra la gentrificación, Fila Aldaz exige justicia por tortura en Oaxaca

A casi dos años y medio de su detención durante una calenda de protesta contra la gentrificación en la...

Congreso busca desincorporar Cerrada de las Rosas: venta de espacio público a fideicomiso privado

El Congreso del Estado recibió el acuerdo de Cabildo del Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez para desincorporar la Cerrada...

Trump frena renovación del T-MEC a 16 años y empuja a México y Canadá a una década de revisiones

Trump frena renovación del T-MEC a 16 años y empuja a México y Canadá a una década de revisiones México...

Gobierno de Oaxaca retuvo rendimientos financieros a 44 municipios y violó Ley de Coordinación Fiscal: ASF

La Auditoría Superior de la Federación detectó rendimientos no transferidos por retrasos en participaciones y descuentos por 6 millones...

Quizá te pueda interesar
Recomendaciones para ti