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Por desacato a sentencia del TEEO, Congreso revoca mandato a edil de Ocotlán

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Jaime GUERRERO

OAXACA (#pagina3.mx).- Por desacato a sentencias de órganos jurisdiccionales y el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), respecto al pago de salarios y aguinaldos a regidores del municipio de Ocotlán de Morelos, la LXII Legislatura, revocó el al mandato del edil de ese municipio, José Villanueva Rodríguez.

Y es que ante el incumplimiento de la sentencia dictada por el TEEO, las y los integrantes de la LXII Legislatura, votaron por unanimidad a favor de la revocación de Villanueva Rodríguez.

La Presidenta de la Comisión de Gobernación del Congreso del Estado, Lilia Mendoza Cruz, informó que con la determinación del pleno de Poder Legislativo, asumirá las funciones de presidente municipal, el suplente de Villanueva Rodríguez.

Dicha sentencia se derivó del juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, con número de expediente JDC/258/2013, que en su momento promovieron los ahora ex regidoras y regidores del Ayuntamiento de Ocotlán de Morelos, en contra de Villanueva Rodríguez por la omisión del pago de las dietas y aguinaldo, de la primera quincena de octubre hasta el treinta y uno de diciembre del año 2013.

El Tribunal Electoral local declaró fundada la demanda ordenando a José Villanueva Rodríguez, en su carácter de Presidente Municipal, el pago por concepto de dietas y de gratificación a cada uno de los demandantes.

Sin embargo, ante el incumplimiento por parte del presidente municipal en turno, a más de dos años de haberse emitido la sentencia; a principios del 2016, los magistrados requirieron al Congreso del Estado continuar con el procedimiento de revocación del mandato para garantizar la completa protección de los derechos político electorales de la ciudadanía, en la vertiente del ejercicio del cargo.

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Así como de dar un alcance real a las sentencias emitidas por el TEEO y coadyuvar a la solución de conflictos electorales que pudieran generarse por el no cumplimiento de la sentencia.

Los magistrados del TEEO, aclararon en la sesión de sentencia que el derecho a integrar un ayuntamiento no se limita a poder formar parte del mismo, sino que implica también la facultad de ejercer las funciones inherentes al cargo y disfrutar de las prerrogativas derivadas de ese ejercicio, entre ellas, la de recibir una remuneración económica por el desempeño de sus funciones.

Y es que hasta la fecha Villanueva Rodríguez, no ha cumplido con las determinaciones del TEEO y otros órganos jurisdiccionales.

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