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Sala Xalapa ordena analizar pruebas notariales en elección de Xoxocotlán; NO anula elección, ni resultados ni ordena elección extraordinaria

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Jaime GUERRERO

La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) en el expediente RIN/EA/49/2024, que confirmó la declaración de validez de la elección de integrantes del Ayuntamiento de Santa Cruz Xoxocotlán; así como, el otorgamiento de las constancias de mayoría y validez respectivas entregadas a la planilla postulada en Candidatura Común por los partidos políticos MORENA, Verde Ecologista de México (PVEM) y Fuerza por México Oaxaca (FXMO).

Lo anterior para que el TEEO analice y dictamine sobre documentos notariales que presentó Nueva Alianza para controvertir la elección que ganó 2 a 1 Nancy Benítez Zárate, candidata de Morena.

No obstante, la resolución emitida el NO anula la elección, el resultado de la misma, ni ordena elección extraordinaria.

De acuerdo a la Presidenta Electa, Nancy Benítez Zárate, sigue firme la constancia de mayoria y validez del triunfo de Morena, Verde Ecologista de México y Fuerza por México Oaxaca, “por lo que continuaremos trabajando en el proceso de la entrega recepción, con el censo casa por casa”

Y es que el Pleno de la Sala Xalapa, tomó tal determinación porque Nueva Alianza Oaxaca, afirmó que el TEEO realizó una indebida valoración de las pruebas aportadas, particularmente, los instrumentos notariales, dado que refirió que se trataban de testimoniales cuando lo cierto es que eran documentales públicas.

Asimismo, incurrió en falta de exhaustividad al no analizar la totalidad de las pruebas y omitir realizar un estudio integral y concatenado de las mismas.

Por ello, ordenó al TEEO emitir una nueva sentencia en la que, entre otras cuestiones, analice todos los elementos probatorios de manera adminiculada, exhaustiva e integral, que guarden relación con los planteamientos hechos valer relativos a la violación a los principios de libertad y secrecía del voto y coacción al electorado.

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Además de tal determinación, el Pleno decidió sobreseer el juicio SX-JDC-725/2024, al actualizarse la causal de improcedencia, ya que fue presentado de manera extemporánea.

Al fijar posición, Benitez Zárate, dijo

no la comparte la resolución, “toda vez que la resolución se dicta tomando en cuenta los supuestos agravios presentados por el Partido Nueva Alianza Oaxaca y no así los argumentos expuestos por el Partido Morena”.

Y pese a que el Tribunal Electoral del Estado se expresara con relación a los testimonios notariales y causales de nulidad, “las mismas no alcanzarían para revertir el resultado de la elección y el triunfo del pueblo de Santa Cruz Xoxocotlán”.

Confió que el procedimiento que ordena la Sala Xalapa sólo servirá para que se ratifique su triunfo sin que quede la menor duda y se respete la voluntad popular.

“Daremos puntual seguimiento jurídico a la nueva resolución que emita el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, sabedores del profesionalismo e imparcialidad con que las magistradas y magistrado emiten sus resoluciones”, cerró.

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