El Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca (TEEO) resolvió declarar improcedentes los recursos de inconformidad y apelación presentados por los partidos del Trabajo (PT), de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano contra el proceso de revocación de mandato del gobernador Salomón Jara Cruz, celebrado el 25 de enero.
La barrera constitucional
La razón central del desechamiento fue que la participación ciudadana apenas alcanzó el 29.91% de la lista nominal —935 mil 500 votos sobre un padrón de 3 millones 127 mil 753 ciudadanos—, muy por debajo del 40% que exige la Constitución del Estado para que el ejercicio genere efectos jurídicos vinculantes.
Al no superarse ese umbral, el tribunal determinó que aun si se analizaran y acreditaran todas las nulidades solicitadas, sería matemáticamente imposible alcanzar el porcentaje constitucional requerido.
Los resultados finales
De acuerdo con el cómputo del IEEPCO:
• 550 mil 274 votos (58.82%) a favor de que Jara Cruz continúe
• 357 mil 025 votos (38.16%) a favor de la revocación
• 28 mil 201 votos nulos (3.01%)
Las denuncias de la oposición
El PT reportó que el sistema de conteo cayó en al menos tres ocasiones y denunció anomalías en 300 de las 2,812 casillas instaladas. Dos casillas registraron votaciones de 102 y 101%, es decir, más votos que ciudadanos inscritos.
Según las denuncias conjuntas del PT y MC, los presuntos votos irregulares a favor del gobernador ascenderían a más de 250 mil.
También se señaló propaganda indebida que no fue retirada pese a órdenes del IEEPCO, y presunta entrega de bienes a cambio de votos en San Pedro Amuzgos.
Sin análisis de fondo
La mayoría del tribunal determinó que, al no haberse entrado al fondo del asunto por inviabilidad de efectos, los partidos están en aptitud de presentar sus denuncias por probables faltas administrativas ante las instancias que consideren competentes.
