Por unanimidad de ocho votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el mecanismo de regulación que sostiene la fijación de precios máximos al gas licuado de petróleo (Gas LP) en 145 regiones de la República Mexicana.
Consumo y Competencia · México
Corte blinda precios máximos del Gas LP ante el embate de distribuidoras privadas
Por unanimidad de ocho votos, el Pleno de la SCJN declaró constitucional el mecanismo que sostiene el control de precios en 145 regiones del país.
Por unanimidad de ocho votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el mecanismo de regulación que sostiene la fijación de precios máximos al gas licuado de petróleo (Gas LP) en 145 regiones de la República Mexicana.
Con este fallo, el alto tribunal frenó la estrategia jurídica de las empresas distribuidoras privadas que buscaban la desregulación total del mercado. Los ministros desestimaron el amparo promovido por dos corporativos gaseros en contra del dictamen emitido por la extinta Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE).
Aquel dictamen detectó la ausencia de competencia efectiva en 213 mercados locales del combustible, lo que dio origen a la regulación actual de precios máximos, que mantiene las tarifas al consumidor final entre los 19.17 y los 19.86 pesos por kilogramo a nivel nacional.
“Aceptar la postura de las empresas quejosas implicaría que la comisión absorbiera facultades correctivas que la Constitución reserva a las autoridades reguladoras”.Lenia Batres Guadarrama · Ministra Ponente de la SCJN
Módulo de contrastación
Interés público frente al libre mercado absoluto
Suprema Corte / COFECE / CRE
Facultad constitucional de fijar límites
La Corte avala que la CRE fije precios máximos a partir de dictámenes de falta de competencia de la COFECE para proteger la economía familiar.
Empresas Distribuidoras Privadas
Alegación de omisión legislativa
Las gaseras exigían liberar las tarifas argumentando fallas de diseño en los procedimientos e invasión de facultades entre agencias.
Línea del tiempo
Origen y blindaje de la regulación del Gas LP
Declaratoria de falta de competencia
La Comisión Federal de Competencia Económica identifica la falta de condiciones competitivas en 213 mercados de gas licuado en el país.
Impugnación de la regulación
Dos corporaciones privadas impugnan el dictamen, la Ley Federal de Competencia y la Ley de Hidrocarburos buscando desregular precios.
Fallo unánime del Pleno
Ocho ministros de la Suprema Corte rechazan los reclamos corporativos y convalidan la constitucionalidad del tope de precios.
Las herramientas regulatorias
Artículos analizados por el Pleno de la Corte
Diferencias en los mecanismos de competencia
La ministra ponente, Lenia Batres Guadarrama, expuso con claridad que la legislación en materia de competencia contempla dos vías procedimentales distintas. La primera (artículo 94) está orientada a la desincorporación de activos o eliminación de barreras directas por parte de la comisión.
La segunda (artículo 96) está diseñada para emitir opiniones técnicas que habilitan a los órganos reguladores del sector —como la Comisión Reguladora de Energía (CRE)— a intervenir el mercado con tarifas máximas obligatorias para evitar abusos corporativos.
