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Congreso amplía vigencia permanente a todas las actas del Registro Civil; documentos digitales en PDF tendrán plena validez
El Congreso de Oaxaca amplió la vigencia permanente de las actas del Registro Civil — matrimonio, defunción, divorcio, adopción y más — y reconoció plena validez jurídica a los documentos expedidos en la Plataforma Digital, impresos o en PDF.
El Congreso de Oaxaca amplió la vigencia permanente de las actas del Registro Civil para que matrimonio, defunción, divorcio, adopción, reconocimiento de hijos, tutela e inscripciones de sentencias no tengan que renovarse periódicamente.
Qué cambia
La reforma al Código Civil también reconoce plena validez y eficacia jurídica a las actas expedidas mediante la Plataforma Digital del Registro Civil, tanto impresas como en archivo PDF, siempre que cuenten con mecanismos que permitan acreditar su autenticidad. Las autoridades estarán obligadas a aceptar estos documentos y no podrán desconocerlos por no estar impresos en hoja valorada, cuando cuenten con código QR, firma electrónica, sello digital u otro mecanismo de validación autorizado. Para conservar esa validez, los documentos deberán ser legibles y no presentar alteraciones, tachaduras, borraduras o enmendaduras que afecten su contenido o autenticidad.
El antecedente de 2019
La diputada del PT, Biaani Palomec, respaldó el dictamen y recordó que desde 2019 las actas de nacimiento cuentan en Oaxaca con vigencia permanente, medida que ahora se extiende al resto de los documentos del estado civil. La legisladora recordó que aquella reforma surgió de la demanda de madres de Yautepec, quienes cuestionaron que cada año tuvieran que pagar una nueva acta de nacimiento para poder inscribir a sus hijos en la escuela. En 2019, la LXIV Legislatura aprobó el Decreto 614, con el cual se estableció que las actas de nacimiento no podían ser rechazadas bajo el argumento de que su fecha de expedición no estaba actualizada.
Con la nueva modificación, las certificaciones de datos y fotocopias certificadas de las actas expedidas por el Registro Civil no estarán sujetas a plazo de vigencia o caducidad y sus datos se presumirán válidos y actualizados, salvo prueba en contrario.

