Jaime GUERRERO
OAXACA (#pagina3.mx).- Además de los procedimientos laborales y administrativos sancionatorios que podría aplicar el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO), maestros, maestras y directivos que incurrieron en hostigamiento hacia docentes que presentaron su examen de evaluación, podrán ser sujetos de acciones penales. Por lo pronto ya existe una denuncia presentada ante el Ministerio Público.
El vocero del IEEPO, Jorge Oropeza, reiteró que hasta este momento sólo se ha iniciado un procedimiento de tipo penal y corresponde al caso de la Escuela Secundaria Técnica número 64, en donde el director fue hostigado por reportar las faltas del paro de labores del 2 de octubre.
Es en esa escuela donde los hostigados presentaron su denuncia y existe una averiguación previa ante el Ministerio Público en contra de varias personas.
Hasta el momento el IEEPO tiene documentadas 88 denuncias por hostigamiento y 57 procedimientos laborales iniciados.
Iniciado el procedimiento administrativo de tipo laboral, el jurídico emitió la semana pasada las primeras notificaciones a las personas señaladas, aquellas tendrán diez días hábiles para argumentar su defensa y demostrar que no incurrieron en los actos de los cuales se le acusa.
Luego de lo anterior se suman diez días más para que el jurídico resuelva el caso con sanción o en su caso la rescisión laboral. Esto ocurre haya o no el inculpado hecho uso de su derecho de audiencia.
Paralelamente al procedimiento jurídico, la queja pasa al órgano interno de control –que representa la contraloría interna del IEEPO– para el procedimiento administrativo. Esta ruta va sobre el servidor público que está siendo omiso ante el hostigamiento. La sanción máxima que puede alcanzar es la inhabilitación como servidor público.
La tercera vía es la civil en la cual el agraviado puede demandar el resarcimiento del daño y contará con el acompañamiento del jurídico IEEPO.
Además, los y las maestras hostigadas tienen abierta la ruta penal, en donde en caso de haberse configurado algún delito como agresión o un acto violento, el acompañamiento es ante el Ministerio Público.
Oropeza Pérez indicó que no necesariamente todos los procedimientos iniciados van a caer en acciones laborales, civiles, administrativas o penales, ya que el grupo especial establecido para el seguimiento de cada caso, tendrá que analizar y determinar en base a pruebas, si hubo o no tal hostigamiento.
En el mínimo de los casos las personas afectadas acudieron con notario público para comprobar los actos de represalias por la presentación de la evaluación docente.
En aquellos casos en donde se compruebe el hostigamiento se procederá a la rescisión de los
contratos con base en el artículo 47 fracción 2 y 3 de la Ley Federal del Trabajo, que faculta a concluir una relación laboral si violenta, molesta o desestabiliza en su persona a otro compañero.
